El monto del beneficio ascenderá a $160.000 y será pagado mensualmente a las y los beneficiarios.
Un apoyo transversal tuvo el proyecto que crea un régimen de protección y reparación integral para las víctimas de femicidio y sus familias (boletín 14013). La propuesta, iniciada en moción, fue respaldada por amplia mayoría en las tres votaciones de este tercer trámite legislativo. Con esto, la norma quedó en condiciones de ser promulgada como Ley de la República.
La iniciativa contó con el respaldo del Ejecutivo en el primer trámite en la Cámara. Aquí, se estableció la creación del derecho a una pensión para las y los hijos de las víctimas de femicidio o suicidio femicida. El monto del beneficio ascenderá a $160.000 y será pagado mensualmente a las y los beneficiarios. El reajuste de la pensión será el 1 de febrero, de acuerdo al IPC determinado por el Instituto de Estadísticas.
En el Senado, se estableció que, en un plazo de seis meses, el Ejecutivo deberá crear el reglamento que regule el pago de esta pensión. En él se establecerá la forma de acreditar los requisitos para su otorgamiento, causales de extinción o suspensión y otras normas de funcionamiento.
La Sala también aprobó la propuesta del Senado para perfeccionar las definiciones de víctimas que establece la norma. Entre ellas, reconoce a la madre o al padre de las hijas o hijos de la ofendida por el delito. Junto a esto, reconoce también a quienes tengan el cuidado personal de estos. Finalmente, reconoce a la actual pareja de la ofendida que tenga una relación de carácter sentimental sin convivencia.
En el proyecto se estableció, además, que la calificación administrativa de víctima que establezca el Ejecutivo no tendrá ningún efecto en la determinación de las responsabilidades que deriven de los hechos. Y agregó que éstas deben ser establecidas por los tribunales competentes conforme a lo dispuesto en la ley.
Otras normas
La nueva norma establecerá un fuero laboral, por hasta un año, a víctimas de femicidio frustrado o tentado. Para esto, la afectada deberá presentar al empleador la denuncia interpuesta ante las policías o el Ministerio Público.
Junto a esto, se agregó que la víctima podrá solicitar la adecuación temporal de sus prestaciones laborales durante el plazo que dure el fuero. Esto, con el fin de permitir su debida reparación y protección.
La norma, asimismo, establece la suspensión y privación de derechos y responsabilidades parentales a quienes comentan este delito. Paralelamente, establece que quienes sean reconocidos como víctimas de un femicidio, accederán prioritariamente a beneficios y programas estatales, con el objeto de garantizarles un adecuado nivel de vida.
Ministra y organizaciones
En el hemiciclo, igualmente, se agradeció a las organizaciones de familiares que motivaron la creación de esta iniciativa. Su participación también fue reconocida por la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana. En sus palabras al término del debate, destacó el diálogo generado entre todos los sectores. Ello permitió evidenciar que la preocupación sobre la materia no es “únicamente de un sector político”.
La ministra explicó que el foco de este proyecto es la reparación. Esto, porque las normas vinculadas a la prevención y sanción de la violencia de género se tramitan en el proyecto integral contra de la violencia hacia las mujeres (boletín 11077). Dicha iniciativa se encuentra en el Senado y cuenta con calificación de urgencia otorgada por el Gobierno.
Junto a lo anterior, aseguró que el enfoque de género en las políticas públicas y la erradicación de la violencia contra las mujeres fortalece el Estado de Derecho. En tal plano, indicó que el Ejecutivo seguirá avanzando en medidas legislativas y administrativas en esta dirección.
Con fuente información legislativa.