Además, este medio recopiló antecedentes que revelan que otras entidades gubernamentales, también han negado información estadística y tributaria sobre el litio, revelándose una problemática de transparencia en la industria litrífera en el país.
El pasado 8 de mayo, se realizó la exposición del Servicio de Impuestos Internos ante la Comisión de Minería de la Cámara de Diputadas y Diputados, la que tuvo como propósito la explicación de las diferencias que se presentan sobre el pago del Impuesto Específico a la Actividad Minera (IEAM) con SQM y que se informe si ejercerán acciones de cobro respecto de los montos que se encuentran devengados.
En dicha instancia, el Servicio añadió que debido al perfil de SQM, la empresa ha sido catalogada como un contribuyente de riesgo alto, es decir, que tiene poca disposición a cumplir con sus obligaciones tributarias y con las consecuencias que conllevaría su incumplimiento.
Incluso, este medio consultó al SII sobre la emisión de las liquidaciones por diferencia de impuestos para los Años Tributarios 2020, 2021 y 2022 y sus montos correspondientes, a lo cual el Servicio confirmó que ya habían sido emitidos y notificados -SQM Salar- el pasado 17 de abril, “los respectivos actos administrativos relacionados con liquidaciones por diferencias de impuestos detectadas del IEAM, encontrándose aún pendiente el ejercicio por parte del contribuyente de las acciones administrativas y/o judiciales señaladas en el Código Tributario”.
Sin embargo, ¿qué ocurre con las liquidaciones y cobros a SQM Salar del IEAM de los Años Tributarios 2016, 2017, y 2018? Lo anterior, puesto que, esta empresa minera mantiene un contrato con el Estado que le permite extraer y explotar litio del Salar de Atacama hasta el año 2030.
Debido a esta interrogante, El Ciudadano solicitó vía Transparencia al SII, el cobro del Impuesto Específico a la Actividad Minera a SQM Salar por la explotación del litio, de los Años Tributarios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021. Pero, el 9 de mayo la entidad tributaria resolvió denegar dicha entrega de información por “orden del Director”.
“Resulta imposible hacer entrega de dicha información, por cuanto contiene datos referente a documentación tributaria del contribuyente, por lo que se configura la causal de reserva contemplada en el artículo 21 N° 5 de la Ley N° 20.285, por lo que este Servicio se encuentra impedido de proporcionar dicha información a terceros, ya que, devela la cuantía o fuente de las rentas, las pérdidas, gastos o cualesquiera dato relativos a ella, que figuran en declaraciones obligatorias, en razón del deber de secreto tributario”, se lee en la resolución del SII.
Además, la entidad en su respuesta agregó que debido a que, “se estaría develando información determinada respecto de este contribuyente individualizado (SQM), por lo que necesariamente hacer entrega de aquella implicaría la afectación de los derechos del contribuyente, principalmente en lo relativo al derecho a la privacidad que asiste a todo contribuyente y sus derechos económicos y comerciales, acto que sin lugar a dudas constituiría una vulneración a los derechos del contribuyente establecidos y resguardado por el legislador”.
Respecto a lo anterior, Cristián Vargas, abogado, profesor de derecho tributario, y ex subdirector jurídico del SII, explica que el Servicio tiene prohibición de divulgar el contenido de los procesos de fiscalización que realice, destinado a determinar obligaciones impositivas o a sancionar a un contribuyente, y también de las declaraciones de impuestos y de la fuente de las rentas de los contribuyentes, con la excepción del conocimiento que debe darse de las declaraciones a los jueces, y de la información que soliciten del Ministerio Público cuando investiguen hechos constitutivos de delito.
Pese a lo anterior, Vargas reflexiona respecto a la posibilidad de que empresas mineras que explotan recursos naturales nacionales como SQM Salar, ya no sean parte de este secreto tributario.
-Existen varios argumentos que podrían apoyar la idea de que las empresas que operan bajo concesiones o contratos con el Estado, particularmente aquellas que explotan bienes de propiedad del Estado como las minas y el litio, deberían ser una excepción a la norma de reserva en lo que respecta a las declaraciones de impuestos y las acciones de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos de Chile (SII). La transparencia en las operaciones financiera y tributaria de las empresas que gestionan los recursos naturales del estado es esencial para asegurar su responsabilidad y demostrar que están cumpliendo sus obligaciones tributarias-, comenta Vargas.
En conversación con este medio, el ex subdirector jurídico del SII, agrega que las empresas que explotan los recursos naturales del Estado están utilizando bienes que son de propiedad de todos los y las ciudadanas, por lo tanto, es razonable que tengan acceso a información que les permita entender cómo se están administrando y aprovechando estos recursos. Además, “que la transparencia fiscal es una característica importante de una democracia saludable, por lo tanto permitir que el público conozca las actividades de fiscalización del SII respecto a estas empresas, puede ayudar a fortalecer la confianza de los ciudadanos en las instituciones gubernamentales y en el sistema de impuestos”.
Por su parte, el abogado y ex querellante del caso SQM, Mauricio Daza, sostiene que resulta increíble que empresas que explotan recursos naturales que pertenecen a todos los chilenos, no transparenten de forma precisa los tributos que deben pagar derivados de esa actividad, especialmente cuando se trata de un mineral no concesible, como lo es el litio.
-En el caso de SQM y los saldos no pagados del IEAM que reclama el SII, la información detallada está en sus estados financieros como una contingencia que debe informar a sus acciones, y al mercado general conforme las normas de Estados Unidos, a las que también se debe someter por transar títulos en bolsas de ese país, pero sobre lo cual ni el Servicio ni ninguna institución del Estado ha querido entregar antecedentes amparándose en que serían reservados. Debemos avanzar de forma sustantiva en nuestra legislación para contar con información suficiente en esta materia, no solo por un tema de transparencia, sino además para permitir una fiscalización ciudadana sobre la forma en que se distribuyen los beneficios, que se obtienen a partir de la explotación de recursos naturales que le pertenecen a la nación-, precisa Daza.
Respecto a esto, la presidenta de la Comisión de Minería de la Cámara de Diputadas y Diputados, Yovana Ahumada, afirma que actualmente se busca transparencia, especialmente de las empresas mineras que explotan recursos en la región de Antofagasta -como es el caso de SQM Salar-, por lo que debiera existir mayor información, mayor transparencia y tener una mejor comunicación, principalmente con el Servicio de Impuestos Internos, ya que, se necesita poseer información tributaria clara, precisa y transparente.
Sin embargo, El Ciudadano recopiló antecedentes de otra denegación de información por parte de instituciones gubernamentales, en el contexto de explotación de litio y situación tributaria a nivel nacional, revelándose una problemática de transparencia en la industria del litio.
El caso de Terram
En septiembre de 2021, y mientras Fundación Terram desarrollaba su investigación vinculada a la dimensión fiscal de explotación nacional del litio, solicitó vía Transparencia a diversas instituciones del Estado que presentan una relación o competencias en la gestión litífera -como Corfo, SERNAGEOMIN, el SII, y la Tesorería General de la República (TGR)-, el número de concesiones mineras que presenta la industria del litio, los contratos vigentes, las cantidades de extracción permitidas por contrato, la producción de los distintos compuestos de litio, y los aportes del sector a las arcas fiscales.
No obstante, y según detallan en el documento “Opacidad fiscal en la industria del litio y los problemas de acceso a la información pública” -de Fundación Terram-, enfrentaron diversos problemas en la entrega de información. Por ejemplo, SERNAGEOMIN les denegó información, aludiendo al “secreto estadístico” del cual gozan las empresas de explotación de litio que informan su producción a dicha institución. Pero, tras dos recursos de amparo, el Servicio Nacional de Geología y Minería entregó la información.
“Se requirió al SII y a la TGR informar el comportamiento fiscal de las empresas que explotan litio en Chile. El SII declaró que la entrega de la información no era de su competencia, aludiendo que la institución competente es la TGR ya que, según lo establecido el Ministerio de Hacienda, sobre Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías, dicha repartición es la encargada (…) se requirió a la TGR informar sobre el comportamiento fiscal de la industria del litio. Ante esto, el ente público presentó una negativa aludiendo que dicha solicitud contraviene el “secreto tributario” y con ello podría afectar los “derechos de carácter comercial o económico” de terceros, considerando entre estos últimos a la compañía nacional SQM y la norteamericana Albemarle”, precisa la minuta de la fundación.
Sin embargo, esta no fue la única respuesta de la TGR, ya que, tras un recurso de amparo a favor de Terram, la Tesorería presentó como respuesta una “certificación de no disponibilidad de información”.
Finalmente el 7 de abril de 2022, Telye Yurisch en representación de Fundación Terram, presentó ante el Consejo por la Transparencia una “declaración de disconformidad” aludiendo que la respuesta de la Tesorería no se ajusta a los estándares de búsqueda exhaustiva requeridos por el mismo Consejo.
-Es necesario que primero los minerales que son estratégicos para los países tengan ciertas excepciones a ciertas reglas tributarias y estadísticas. Nosotros lo pusimos en la minuta de que es importante que los minerales que son estratégicos para los países, estén fuera del tratamiento común de cualquier otra explotación comercial, y que se presente la información, ¿que no aplique en este sentido el secreto tributario y el secreto estadístico? Hay dos puntos importantes. El secreto tributario tiene que ver con los tributos y el secreto estadístico tiene que ver con toda la información operacional. Incluso, a nosotros también nos quisieron denegar la información de los niveles productivos de los compuestos de litio por empresa, por secreto tributario, entonces es importante que estos minerales estratégicos estén fuera de la regla del secreto tributario y del secreto estadístico-, explica Telye Yurisch, economista de Terram.
Yurisch también es preciso en insistir en la creación de una Comisión Especial Investigadora en el Congreso, con el propósito de fiscalizar e investigar la industria del litio en Chile, tanto por su opacidad fiscal, como por los altos precios que está presentando el litio en términos generales de mercado.
Actualmente, la Estrategia Nacional del Litio se sigue formalizando, mientras que el gobierno busca incorporarse en las operaciones productivas de litio en el Salar de Atacama.
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