Justicia condena a 3 carabineros de la 43° Comisaría de Peñalolén por golpear y aplicar sustancia lacrimógena en la cara a detenidos durante el estallido social

Efectivo Juan Pablo Leiva Puga deberá cumplir una pena de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor de 4 delitos consumados de apremios ilegítimos, mientras que el policía Carlos Andrés Fuenzalida Gajardo fue condenado a 5 años de reclusión, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, como autor de 3 delitos consumados de apremios ilegítimos.

Justicia condena a 3 carabineros de la 43° Comisaría de Peñalolén por golpear y aplicar sustancia lacrimógena en la cara a detenidos durante el estallido social

Autor: Absalón Opazo

El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al cabo segundo de Carabineros a la época de los hechos, Juan Pablo Leiva Puga, a la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor de cuatro delitos consumados de apremios ilegítimos, perpetrados en octubre de 2019, en la comuna de Peñalolén.

En fallo unánime (causa rol 45-2023), el tribunal -integrado por los magistrados Bernardita González Figari (presidenta), Colomba Guerrero Rosen y Fernando Monsalve Figueroa (redactor)- condenó, además, al efectivo Carlos Andrés Fuenzalida Gajardo a la pena de 5 años de reclusión, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa, como autor de tres delitos consumados de apremios ilegítimos.

Finalmente, el tribunal condenó al entonces carabinero Sebastián Antonio González Faúndez a la pena de 800 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de apremios ilegítimos.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la noche del 20 de octubre de 2019, en el contexto de su detención, la víctima se encontraba al interior de la 43ª Comisaría de Carabineros de Peñalolén para el procedimiento de rigor.

Alrededor de las 23:54 horas, mientras se encontraba en el pasillo de dicha comisaría esposado de ambas manos y dicha esposa amarrada a un fierro del lugar, imposibilitando que se moviera, «el imputado Juan Pablo Leiva Puga, funcionario de Carabineros, quien se desempeña en dicho lugar, con grado de cabo 2º, se acercó a la víctima y le propinó golpes a mano abierta en el rostro».

Luego, aproximadamente una hora después, el policía regresó al lugar donde se encontraba el detenido, tomándolo del cuello y azotándolo contra la pared, provocando que se cayera al piso.

Posteriormente, agrega el tribunal, alrededor de las 00:50 horas del día siguiente, el 21 de octubre de 2019, y en circunstancias que la víctima «aún permanecía en la comisaría esposado de ambas manos y dicha esposa amarrada a un fierro del lugar, imposibilitando de moverse, procedió, el funcionario de Carabineros Sebastián González Faúndez, a extraer desde un bolso de color verde, una sustancia que le aplicó, en dos oportunidades, con sus manos en ojos, nariz y rostro, provocándole irritación y dolor».

Otras víctimas

El segundo hecho acreditado por el tribunal se registró también en horas de la noche del 20 de octubre de 2019, y afectó a 4 menores de edad.

Mientras permanecían al interior de la 43ª Comisaría de Carabineros de Peñalolén, para el procedimiento de rigor, los menores fueron trasladados al calabozo y siendo aproximadamente las 09:00 horas del día 21 de octubre de 2019, uno de ellos, de solo 14 años, «comenzó a ser molestado por los otros menores de edad, ingresando a dicho calabozo el imputado, cabo 2do Juan Pablo Leiva Puga, quien procedió a agredir con cuatro golpes a mano abierta, en el rostro y espalda» de uno de los menores de edad detenidos, quien intentaba protegerse con sus brazos».

Luego, añade el tribunal, el imputado Juan Pablo Leiva Puga se acercó a otro de los menores detenidos, «agrediéndolo con golpes de puño en su rostro y cuerpo en más de una ocasión y en momentos que se dirigía hacia la puerta del calabozo, vuelve acometer al menor, tomándolo de la ropa, empujándolo hasta sentarlo y tirarlo contra la pared y alzarlo por el cuello».

Asimismo, el fallo judicial dio por establecido otro hecho, acontecido alrededor de la una de la madrugada del 21 de octubre de 2019, y que afectó a otra persona que se encontraba detenida en la misma 43ª Comisaría de Carabineros de Peñalolén, en el pasillo previo al ingreso a los calabozos esposado.

Allí, «el imputado Carlos Fuenzalida Gajardo le aplicó en el rostro, en reiteradas oportunidades, una sustancia, del tipo lacrimógeno, ocasionándole irritación, dolor y ardor», apunta la resolución.

Finalmente, el último hecho acreditado se registró en horas de la noche del 20 de octubre de 2019, y afectó a dos personas que fueron detenidas en las afueras del Sapu Carol Urzúa, y trasladados a pie a la 43ª Comisaría de Carabineros de Peñalolén para el procedimiento de rigor.

Pero, «en horas de la madrugada del 21 de octubre de 2019, en circunstancias que fueron llevados a una sala de dicha unidad, procedió el imputado Carlos Fuenzalida Gajardo a agredirlos con golpes de puño y pies», extrayendo luego desde un bolso que mantenía colgado a su cuerpo «una sustancia, del tipo lacrimógeno, que les frotó en la cara ocasionándoles dolor, irritación», y a uno de ellos, problemas para respirar y ver.

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