Como Oficiales y Sub Oficiales condenados en el proceso conocido “Contra Bachelet y Otros 1973” no podemos guardar silencio ante la declaración vertida en los medios de comunicación nacionales por el actual Sub Secretario de Aviación nuestro compañero el Capitán de Bandada Don Raúl Vergara. Lamentablemente nos vemos obligados ha denunciar las razones de carácter ético y profesional que nos impiden concordar con lo que él sostiene en su pronunciamiento:
1.- Los miembros de las Fuerzas Armadas en Chile, son ciudadanos como cualquiera y como tales, deben ser sometidos a la Justicia.
– Los militares que cumplen condena, no han sido procesados y condenados por su condición de militares, ellos han sido procesados y condenados «por los horrendos crímenes que cometieron» en contra de sus compatriotas indefensos e incluso, en contra de algunos de sus propios camaradas de armas.
– Los militares que han cometido delitos de lesa humanidad en contra de sus compatriotas, primero como Militares y segundo como representantes del Estado, NO DEBEN bajo ninguna circunstancia, ser INDULTADOS y en consecuencia, ser eximidos del cumplimiento de las sentencias imputadas en su contra.
– El pensar de esta manera, con relación a las condenas que deben respetarse, no puede interpretarse como un ánimo de venganza, sino que en la búsqueda de una merecida Justicia.
– Los militares condenados, ya poseen un recinto penal especialmente diseñado para ellos y su confortabilidad, y además han gozado muchas facilidades mientras sus procesos han sido substanciados.
– El otorgarles el indulto, seria un pésimo ejemplo para las generaciones militares posteriores, las que en circunstancias similares, en un futuro, actuarían de la misma forma, a sabiendas que al final serán indultados.
– Acaso no se confía en nuestra Justicia? Estimamos que aunque en muchos casos, ella ha pecado de benevolente, por lo menos, habrá analizado muy bien todos los casos antes de emitir penas aflictivas en contra de los militares.
– Los militares tuvieron todos los derechos que ayer, ellos mismos, negaron a sus propios compatriotas, es mas, y no nos cabe duda alguna, de que los Jueces también habrán evaluado como «atenuante» la situación de «cumplimiento de orden» que afecta a algunos de los implicados en este tipo de delitos, por tanto, tampoco aceptamos este argumento como justificación para INDULTAR. El uso de este argumento, serviría para que “todos” los implicados hagan uso de ésto argumentando que obedecieron ordenes emanadas por el General Pinochet.
– Existen finalmente Tratados Internacionales que impiden la decisión de indultar este tipo de delitos de lesa humanidad y en contra del respeto de los DD.HH. los que por su carácter son imprescriptible e inadmnistiables.
Organización de Oficiales y Sub-Oficiales
Proceso “Contra Bachelet y Otros 1973”