Corte Suprema de Argentina confirmó extradición del lonko Facundo Jones Huala a Chile

Tras el pronunciamiento del máximo tribunal argentino, el caso de Jones Huala debe pasar a la cancillería de la nación vecina, pues es el Ejecutivo el que, dentro un plazo, puede denegarla o concederla.

Corte Suprema de Argentina confirmó extradición del lonko Facundo Jones Huala a Chile

Autor: Leonardo Buitrago

La Corte Suprema de Justicia de Argentina confirmó ayer martes la sentencia de extradición a Chile del Lonko Facundo Jones Huala, del Pu Lof en Resistencia de Cushamen.

El lider mapuche fue condenado en diciembre de 2018 por el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia por los delitos de incendio en propiedad (seis años de cárcel) y portación ilegal de armas de fuego (tres años) en el denominado caso Pisu Pisúe.

La extradición de Jones Huala ya había sido confirmada por el máximo tribunal argentino en agosto de 2018. El 21 de enero de 2022 obtuvo la libertad condicional por parte de la Corte de Apelaciones de Temuco, mientras se encontraba cumpliendo la condena de nueve años.

Un año más tarde, el 30 de enero de 2023, el prófugo fue detenido en El Bolsón, provincia de Río Negro. El juez a cargo del Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche declaró procedente la extradición de Jones Huala para que cumpliera con el año, cuatro meses y diecisiete días de prisión, pendientes de la pena impuesta en Chile.

La defensa apeló esa resolución y cuestionó el proceder del juez de la causa respecto, entre otras, de una serie de pruebas que fueron rechazadas. La Procuración General de la Nación dictaminó en favor de la confirmación de la sentencia.

De acuerdo con los medios argentinos, la confirmación de la sentencia se basa en la decisión previa del juez federal Gustavo Villanueva, quien a finales de julio del año pasado declaró procedente la extradición.

Al respecto, la Corte Suprema argentina señaló que “las críticas introducidas por el recurrente para privar de validez a lo resuelto en la instancia anterior no resultan idóneas como para obtener ese resultado”.

“Así pues, y más allá de las respuestas que ha ensayado el juez a quo para no admitir las fuentes de prueba propuestas y para rechazar el planteo de nulidad introducido al inicio del debate, lo que le cabía a la parte recurrente era demostrar (…) cuál fue el perjuicio concreto que la privación de esas prueba le produjo”, cosa que no sucedió, agregó el máximo tribunal.

Con ello, de conformidad con lo dictaminado por la Procuración, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, confirmó la sentencia apelada en cuanto declaró procedente la extradición de Francisco Facundo Jones Huala a la República de Chile para el cumplimiento del remanente de la pena por el cual se lo había requerido.

Tras el pronunciamiento de la Corte Suprema, el caso de Jones Huala debe pasar a la cancillería argentina, pues es el Ejecutivo el que, dentro un plazo, puede denegarla o concederla.

Si es concedida, un equipo de la policía chilena debe viajar a Argentina para trasladar a Jones Huala y entregarlo a las autoridades chilenas para que termine de cumplir su condena.

Según consignó el portal Diario Andino, el presidente argentino, Alberto Fernández, podría evitar la extradición de Jones Huala, denegando la solicitud invocando razones de soberanía nacional, seguridad u orden público, según lo establece la ley de Cooperación Internacional en materia penal 24767.

Sin embargo, la ley también especifica que si el ciudadano argentino opta por ser juzgado por tribunales nacionales, la extradición puede ser denegada. 

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