Este jueves 9 de diciembre, la Asamblea Nacional de Ecuador abrió el debate del proyecto de ley orgánica que busca garantizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación.
El Parlamento comienza a debatir el tema luego de que la Corte Constitucional (CC) de Ecuador se pronunciara a favor de la despenalización del aborto por violación, el pasado 28 de abril. Entonces, dio un plazo de dos meses a la Defensoría del Pueblo para redactar un cuerpo legal, que fue entregado al Congreso en junio, y le otorgó un período de seis meses más para que el Legislativo debatiera y aprobara la norma, fecha que vence el 28 de diciembre.
Este jueves se instaló el primer debate en la Asamblea Nacional, a partir del informe que elaboró la Comisión de Justicia, tras la entrega del proyecto por parte de la Defensoría del Pueblo.
Luego de ello, el documento volverá a la Comisión de Justicia, se hará un nuevo análisis y se realizará un informe para segundo y definitivo debate, donde se someterá a votación.
En abril, la Corte declaró la inconstitucionalidad de los artículos 149 y 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifican el aborto como delito y establecen dos excepciones en las que no es penado.
El artículo 150, concretamente, estipula que la mujer que se someta a un aborto no será punible en dos casos: si se lo ha practicado para evitar un peligro de muerte, o si el embarazo es consecuencia de «una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental».
Lo que hizo la CC, en respuesta a una presentación de tres organizaciones feministas, fue suprimir la frase «que padezca de discapacidad mental»; con lo cual, habilitaría la despenalización para todos los casos de violación.
Hay tres puntos en concreto en los que se enfrentan los asambleístas respecto a la normativa. El primero es sobre la temporalidad, puesto que no se establece el tiempo máximo de embarazo que una mujer debe cumplir para practicarse el aborto.
El segundo punto tiene que ver con la objeción de conciencia de los médicos; debido a que algunos legisladores consideran que no deberían ser obligados a practicar un aborto, si esto está en contra de sus convicciones.
Y el tercero es el relativo a los requisitos para que las víctimas de violación accedan a la interrupción voluntaria del embarazo; como por ejemplo, si se descarta la necesidad de una denuncia judicial para acceder a este servicio o si una menor de edad puede someterse a este procedimiento sin autorización de sus padres.
Con motivo del debate de este jueves, organizaciones en contra y a favor de la iniciativa, se concentraron a las afueras del Parlamento ecuatoriano para manifestar su opinión respecto al tema y exigir a los parlamentarios una posición.
Estas agrupaciones también han tenido voz en el debate dentro del Parlamento. La abogada Soledad Angus, del Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer, habló en el pleno y señaló que la ley «es para y por las sobrevivientes de violencia sexual.»
«No existe ninguna evidencia que la penalización sea o signifique algún elemento disuasivo para que las mujeres que han decidido que quieren interrumpir su embarazo, no lo hagan; por el contrario, lo único que significa la penalización es que esas mujeres recurran a abortos clandestinos y pongan en riesgo su salud y su vida», dijo ante los legisladores.
Por su parte, la abogada María de Lourdes Maldonado, representante de la organización Dignidad y Derecho, oponente al proyecto de ley, señaló que en esta discusión la Asamblea Nacional «debe priorizar, porque lo manda la Constitución, el derecho a la vida del no nacido«.
Fuente: RT. Foto: El Comercio/referencial.