Los hechos: Abuso y violación
La indagatoria estableció que los hechos se iniciaron el año 2011, cuando el acusado empezó a abusar sexualmente de su sobrina mediante tocamientos de relevancia sexual, para luego proceder a violarla en reiteradas ocasiones.
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El acusado repitió la misma acción con una prima de la primera víctima, de 6 años, y posteriormente con otra niña de 5.
Extracto de la condena
En fallo unánime, el tribunal condenó, este miércoles 6 de septiembre– a A.E.R.V. a tres penas de cumplimiento efectivo de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor de tres delitos consumados y reiterados de violación de menores de 14 años de edad. Ilícitos perpetrados en diversos periodos e inmuebles, entre 2011 y 2017.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy –miércoles 6 de septiembre– a A.E.R.V. a tres penas de cumplimiento efectivo de 20 años de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas y la accesoria especial de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, en calidad de autor de tres delitos consumados y reiterados de violación de menores de 14 años de edad. Ilícitos perpetrados en diversos periodos e inmuebles, entre 2011 y 2017.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Óscar Huenchual Pizarro (presidente), Eduardo Rodríguez Muñoz (redactor) y María Cecilia Zapata Pavez– condenó, además, a A.E.R.V. a dos penas de 10 años de presidio efectivo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas y la accesoria especial de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, en calidad de autor de dos delitos consumados y reiterados de abuso sexual de menores de 14 años. Ilícitos cometidos entre 2010 y 2017.
Finalmente, A.E.R.V. deberá purgar 541 días de reclusión, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y la accesoria especial de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, como autor del delito consumado y reiterado de exhibición de material pornográfico a menores de 14 años. Ilícito cometido entre 2011 y 2017.
Asimismo, el tribunal impuso al condenado la pena especial de interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la privación de la patria potestad de las víctimas, si la tuviere, o inhabilitado para obtenerla, si no la tuviere y de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de las ofendidas, de sus ascendientes y descendientes.
“Si el condenado es, además, una de las personas llamadas por ley a dar su autorización para que las víctimas salgan del país, se prescindirá en lo sucesivo de aquella. Sin perjuicio de lo anterior, el sentenciado conservará todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de las víctimas o de sus descendientes”, añade el fallo.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.