La lectura de sentencia se desarrolló el jueves de la semana pasada en el Tribunal Oral en Lo Penal de San Antonio.
Durante el mes de agosto se desarrolló el juicio en contra de un hombre de 59 años acusado por el Ministerio Público por una serie de delitos cometidos entre los año 2007 y 2019 en contra de varias víctimas.
Según expuso la Fiscal especializada en Delitos Sexuales de San Antonio, Javiera Torres, el acusado cometió los primeros delitos en contra de la nieta de su conviviente entre los años 2007 y 2008.
En el mismo domicilio pero entre los años 2012 y 2016 realizó tocaciones de manera reiterada en contra de una víctima menor de 14 años, hechos que cometió dentro de un almacén que mantenía en el terreno y de la propia vivienda. Mismo lugar donde cometió los ilícitos en contra de la tercera víctima entre los años 2012 y 2019, quien era nieta de su conviviente en esos años. Finalmente se acusó por hechos que afectaron a una cuarta víctima entre los años 2018 y 2019, nieta de su conviviente en esos años, todo ello en el mismo domicilio de Llolleo.
Hechos de la acusación que tras la prueba de cargo presentada por el Ministerio Público se lograron acreditar frente al Tribunal, logrando un veredicto condenatorio.
“Fue condenado por dos delitos de abuso sexuales en contra de dos menores de 14 años, así mismo dos delitos, esta vez en carácter de reiterados también contra víctimas menores de 14 años y además un delito de violación ocurrido durante los años 2012 a 2019. Por todos estos hechos el Ministerio Público solicitó la pena más alta que nuestra legislación permite en este caso solicitar, que es de 20 años de presidio mayor en su grado máximo”, expuso la Fiscal Javiera Torres tras conocer el fallo.
El Tribunal destacó en el veredicto la prueba presentada por el Ministerio Público, particularmente la declaración de las víctimas.
“Proporcionaron un relato creíble, dotado de armonía interna y que fue corroborado por los demás medios de prueba incorporados por el Ministerio Público. En efecto, las víctimas se ubicaron espaciotemporalmente en los hechos y dieron cuenta de manera pormenorizada de los mismos y de la participación del encausado. A través de su relato, en dependencias del tribunal, estos sentenciadores no apreciaron animadversiones previas o motivaciones espurias para declarar en falso, tampoco se evidenciaron ganancias secundarias. Que los testimonios de las afectadas, dotados de coherencia interne, fueron además refrendados en virtud de los demás testimonios de cargo, pericial, documental y otros medios de prueba”, señaló la Sal Sala del Tribunal Oral en Lo Penal de San Antonio.
Además los magistrados descartaron la tesis de la defensa del acusado, quien buscaba la absolución y establecieron en la sentencia que la pena debe ser cumplida de manera remetida. El acusado fue condenado a 15 años y un día pre presidio mayor en su grado máximo, pena que deberá cumplir en la cárcel.