Congreso: Iniciativa busca Incluir la participación ciudadana en retiro de industrias dañinas

La iniciativa impulsada por una moción parlamentaria, fue aprobada por la Cámara de Diputados y sigue su tramitación en el Senado

Congreso: Iniciativa busca Incluir la participación ciudadana en retiro de industrias dañinas

Autor: Seguel Alfredo

Proyecto ley busca incluir la participación ciudadana en retiro de industrias dañinas o molestas

La iniciativa legislativa, que también considera el principio precautorio en este tipo de decisiones, adoptadas por autoridades respecto de establecimientos o industrias que causen daños o molestias a la población, fue aprobada por la Cámara en particular y despachada al Senado.

Proyecto ley expuesto por el diputado Tomás Hirsch

La Sala de la Cámara aprobó a fines de julio, en particular, con 68 votos a favor, 51 en contra y 7 abstenciones, el proyecto que incorpora el principio precautorio y la participación ciudadana en las decisiones de las autoridades administrativas, facultadas para disponer el retiro de industrias y similares que causen daño o molestias a la población (boletín 14683).

La moción -impulsada por diputados/as- se aprobó en general el 21 de diciembre de 2022. Sin embargo, volvió a la Comisión de Vivienda por ser objeto de indicaciones, las que fueron rechazadas como consignó el segundo informe, lo que también ocurrió en Sala. En ellas, se suprimían los criterios preventivos precautorios del texto.

Dado lo anterior, el proyecto continuará ahora su tramitación en el Senado.

Entre los objetivos de la iniciativa, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Código Sanitario, se cuentan:

  • Solucionar la falta de uniformidad en la nomenclatura utilizada para referirse a las industrias o similares.
  • Evitar la derogación tácita de la norma que regula el traslado o retiro de industrias y similares. Al respecto, la interpretación jurisprudencial que faculta a la autoridad sanitaria, era desestimada por la dictación de una disposición posterior en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
  • Establecer que ninguna de las normas que disponen el traslado o retiro, exigen la acreditación de un incumplimiento normativo por parte del sujeto pasivo.

Así, se busca incluir el principio precautorio para otorgar guías, criterios y lineamientos a las autoridades en caso de decisión en conflictos socio ambientales. Además, introduce instancias de participación ciudadana ya reguladas por ley.

Detalle del proyecto y retiro de industrias

Los establecimientos que realicen actividades productivas que se encuentren mal ubicados, que causen molestias o daños a la población urbana o rural, deberán trasladarse dentro del plazo que les señale la municipalidad. La decisión debe contar con previo informe del Departamento de Salud de la Subsecretaría de Salud Pública. Este plazo no será inferior a un año, contado desde la fecha de notificación de la resolución respectiva.

El informe deberá contener los criterios técnicos aplicables a la materia en cuestión, con enunciación de las Normas de Emisión y Calidad correspondientes. En su ausencia, deberá considerar criterios preventivos y precautorios que velen por la protección de la salud, la seguridad, el medio ambiente, el bienestar de la población y toda norma aplicable.

La resolución municipal que disponga el retiro de los establecimientos productivos deberá estar fundada en el informe de la autoridad sectorial y en el bienestar de la población. Para estos efectos, se escuchará a la comunidad, de acuerdo a las normas de la ley orgánica constitucional de Municipalidades.

Mismo criterio se utiliza en el caso de establecimientos que realicen actividades productivas ubicadas en zonas urbanas o rurales. Ello cuando se encuentren expuestas a peligro de explosión o incendio, y las que produjeren emanaciones dañinas o desagradables, ruidos, trepidaciones u otras molestias a la población. La municipalidad fijará, previo informe de la SEREMI de Salud, el plazo en que deberán retirarse. Este no podrá ser inferior a un año, contado desde la fecha de notificación.

En cuanto al Código Sanitario, la Secretaría Regional Ministerial de Salud correspondiente podrá disponer el traslado de aquellas industrias o depósitos de materiales que, a su juicio, representen un peligro para la salud, seguridad y bienestar de la población urbana o rural. La resolución deberá fundarse en un informe que deberá contener los criterios técnicos y los plazos mencionados anteriormente.

Debate parlamentario

Luego del informe del diputado Tomás Hirsch (PAH), participaron en varias sesiones las y los diputados Viviana Delgado (PEV), Clara Sagardia (IND), Carmen Hertz (PC), Johannes Kaiser (IND), Francisco Pulgar (IND), Boris Barrera (PC), Daniel Melo (PS), Félix González (PEV), Nathalie Castillo (PC), Camila Musante (IND), Claudia Mix (Comunes), Felipe Camaño (IND), Lorena Pizarro (PC) y Mercedes Bulnes (IND).

En  su mayoría, las/os legisladores se manifestaron a favor porque previene graves daños a la salud de la población. Valoraron que se permita el traslado de industrias riesgosas considerando informes técnicos por parte de los municipios que tendrán nuevas potestades. En ese sentido, relevaron que las personas puedan vivir en un ambiente libre de contaminación y tener una mejor calidad de vida.

Por el otro lado, el diputado Johannes Kaiser (IND) autor de las indicaciones rechazadas, cuestionó el criterio amplio que tendrán los municipios para cerrar establecimientos y pedir que estos abandonen el lugar en que operan. Dijo que se pueden producir casos no deseados, como pedir a cambio de no cerrar, compensaciones monetarias. En ese sentido, consideró que ya existen criterios técnicos establecidos.

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