Contradicción Suprema: Corte ahora sostiene que isapres sólo deben devolver a quienes demandaron

El abogado y exconvencional, Mauricio Daza, señaló que "el problema es que el tenor literal del fallo dispone otra cosa"

Contradicción Suprema: Corte ahora sostiene que isapres sólo deben devolver a quienes demandaron

Autor: Marian Martinez

“Al no haber nunca usted demandado, no tiene nada hacia atrás que cobrar. Los excedentes que las isapres tienen que devolver son a las personas que demandaron. Lo que sí, el resto de los afiliados, a partir de este fallo, pueden exigir que se les ajusten sus planes hacia adelante”, declaró la ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, en una entrevista que publicó este domingo 4 de junio La Tercera.

Estas declaraciones sobre los efectos concretos del fallo contra las isapres que el máximo tribunal dio a conocer a finales de 2022 han generado polémica.

En primer lugar, porque contradicen otra información que la ministra entregó a mediados de marzo durante una entrevista con Diario Financiero. Allí aseguró que dejaron los cálculos a la Superintendencia “porque, como usted puede entender, este es un fallo de efectos generales para todos aquellos que han sido afectados por la imposición de tablas de factores que no correspondían”.

En segundo lugar y según detalló el abogado y exconvencional, Mauricio Daza, en su cuenta de Twitter, porque «el tenor literal del fallo dispone otra cosa».

En los extractos del fallo que mostró Daza, en el numeral 6, se señala: «La Superintendencia de Salud, en
ejercicio de sus facultades de fiscalización y dentro del plazo de seis meses, determinará el modo de hacer efectiva la adecuación del precio final de todos los contratos de salud administrados por la recurrente a los términos de la Tabla Única de Factores contenida en la Circular IF/N° 343″.

Asimismo, en el 7, se agrega: «La Superintendencia de Salud dispondrá, además, las medidas administrativas para que, en el evento de que la aplicación de la Tabla Única de Factores contenida en la Circular IF/N° 343 de la Superintendencia de Salud determine un precio final del contrato inferior al cobrado y percibido por la recurrida, las cantidades recibidas en exceso y cuyo cobro no esté prescrito sean restituidas como excedentes de cotizaciones».

Sobre bajo qué criterios se están realizando los cálculos de pago, Vivanco indicó en la entrevista que ha escuchado lo que se ha dicho por la prensa, de que se están calculando sobre 700.000 afiliados, y ese es un número parecido a los que han demandado, “pero eso es un cálculo que solamente se lo puedo decir de acuerdo a lo que hemos recibido vía medios de comunicación”.

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