La medida había sido anunciada por la Subsecretaria Paula Daza en marzo del 2021, y posteriormente defendida por el vocero de Gobierno Jaime Bellolio, quien se refirió a esta como «una medida en pro de los trabajadores y el empleo», en la que se planteaba que, a pesar de ser contacto estrecho COVID, se podía seguir trabajando telemáticamente solo «poniéndose de acuerdo con el empleador». Sin embargo, desde organizaciones sindicales y sociales la medida se levantaron fuertes críticas, pues afectaba directamente derechos laborales consagrados, además de la propia salud mental de los trabajadores y trabajadoras. Fue así como un grupo de parlamentarios de oposición, solicitaron a la Contraloría referirse al instructivo, cosa que ocurrió hoy, cuando el órgano contralor zanjó la polémica y determinó que dicho instructivo no se ajusta al derecho por tratarse de asuntos de seguridad social, declarándola finalmente ilegal.
Así, la Contraloría General de la República (CGR) se pronunció sobre la circular de la Subsecretaría de Salud Pública que establecía que los trabajadores que tuvieron un contacto estrecho con personas diagnosticadas de COVID-19 podrían llegar a un acuerdo con sus empleadores para continuar con sus labores a distancia sin necesidad de requerir una licencia médica.
La solicitud a Contraloría fue cursada por la Central Unitaria de Trabajadores, la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, la Federación Nacional de Empleados Fiscales y un conjunto de parlamentarios de la oposición. En el documento publicado esta mañana, resolvió que “la Subsecretaría de Salud Pública, es incompetente para dictar instrucciones que regulen las licencias médicas” debido a que esa facultad recae en la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
El órgano recalcó que la Subsecretaría de Salud Pública no tiene un vínculo de supervigilancia con la SUSESO, por lo que no cuenta con las facultades para autorizar negociaciones entre trabajadores y empleadores en esta materia, y que las licencias médicas están garantizadas en la Constitución.
“La licencia médica se extiende en cumplimiento de una prescripción médica, determinada por un profesional de la salud en ejercicio de su profesión, y como tal no corresponde que el trabajador negocie algún tipo de acuerdo con su empleador en orden a continuar trabajando durante el periodo para el que fue otorgada”, puntualizó la resolución.
Al ser consultada sobre el cuestionado oficio durante el balance diario de la pandemia, la Subsecretaria Daza aseguró que dicho oficio ya habría sido dejado sin efecto y que no es un instructivo activo.
Resolución de la Contraloría: