La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la empresa supermercadista Cencosud Retail SA, a pagar una indemnización a una clienta que sufrió una fractura al caer en su estacionamiento en el local ubicado en Concepción.
En concreto, el supermercado deberá indemnizar a la clienta con $5.711.044, por concepto de daño emergente y daño moral.
En fallo unánime —citado por T13— la Octava Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia apelada, dictada por el Sexto Juzgado Civil de Santiago, que no dio lugar a la demanda.
Para la Corte de Apelaciones, existe responsabilidad de la empresa por falta de seguridad para el tránsito o desplazamiento seguros de clientela por las dependencias del local comercial.
«Está suficientemente asentado en la jurisprudencia que los estacionamientos forman parte de la oferta que disponen los establecimientos comerciales en general y los supermercados en particular, con el fin de atraer a su clientela», plantea el fallo.
La Corte señaló que los supermercados tienen la obligación «de mantener sus instalaciones en condiciones que propicien el tránsito o desplazamiento seguros de sus clientes, tanto por sus pasillos como por los estacionamientos».
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