Corte de Apelaciones de Santiago ratificó histórica pena de presidio efectivo contra tres gendarmes
Corte rechazó los recursos de nulidad de los sentenciados, quienes ahora deberán cumplir penas de 10 años por el delito de tortura y de 3 años por falsificación de instrumento público. Se trata del primer fallo condenatorio por el delito de torturas respecto de personal de Gendarmería, informó así el INDH.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de nulidad que presentaron tres funcionarios de Gendarmería y ratificó sus condenas por torturas y falsificación de instrumento público. Todos tendrán que cumplir penas de presidio efectivo: 10 años en el caso del primer delito y 3 años en cuanto al segundo. Se trata del primer fallo condenatorio por el delito de torturas respecto de personal de Gendarmería.
En esta causa la sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) se querelló particularmente por el delito de torturas, abogando en esta diligencia por el rechazo de los recursos de los tres gendarmes sentenciados en primera instancia. Dichos argumentos los acogió la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago de forma unánime. Las ministras Paola Hasbún y María Loreto Gutiérrez, y la abogada integrante Paola Herrera ratificaron de esta forma las condenas de Marcelo Maldonado Sepúlveda, Cristián Retamal Segura y Miguel Carrasco Méndez.
Lo revisado por la Corte
De acuerdo a lo señalado en nota de prensa del INDH, se recuerda que en junio pasado el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago acreditó los hechos perpetrados el 13 de mayo de 2020 en el Centro de Detención Preventiva (CDP) Santiago Sur. La víctima, una persona que se encontraba privada de libertad, tuvo un altercado con Miguel Carrasco. Más tarde éste, en compañía de Marcelo Maldonado y Cristián Retamal van a la celda de la víctima, donde la agreden.
Luego la llevaron a un sitio del recinto donde a puertas cerradas prosiguieron el ataque. Miguel Carrasco ocupó un cuchillo cartonero que portaba con el que le causó diversas heridas y que le significaron a la víctima la amputación de una falange de un dedo de la mano izquierda. Luego, el mismo Carrasco hizo una denuncia, respaldada por los otros dos gendarmes, donde se sostiene que las heridas de la víctima se debían a un forcejeo al quitarle un tubo de PVC.
Resolución de la Corte
Sobre el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Miguel Carrasco, al que se atribuyó la agresión con el cuchillo cartonero, las magistradas de la tercera sala de la Corte de Apelaciones estimaron adecuado lo razonado por el tribunal de primera instancia. “Como lógicamente razonan los sentenciadores, ante la multiplicidad y concordancia de la prueba rendida, ha logrado obtener más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se cometieron los hechos punibles objeto de la acusación y que en él ha correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley”, dicen las ministras y la abogada integrante.