Requieren concretar un mecanismo para el pago de la deuda histórica del profesorado
La Sala respaldó una resolución que solicita instruir a los ministros de Hacienda y de Educación para iniciar el análisis financiero y los reajustes presupuestarios que sean necesarios para dar una respuesta definitiva al gremio docente, que lleva más de cuatro décadas esperando una solución.
Continúan las acciones para alcanzar acuerdos que permitan concretar el pago de la deuda histórica. Recordar que dicha situación afecta al gremio docente y lleva más de cuatro décadas sin tener una respuesta definitiva.
En esta oportunidad, una nueva solicitud se emprendió desde la Cámara de Diputados y Diputadas en esta materia a través de la aprobación de la resolución 836. Esta se respaldó por 109 votos a favor y 26 abstenciones.
En el documento recuerdan que, en 2008, se aprobó en la Cámara la creación de una Comisión Especial de Deudas Históricas. Dicha instancia reconoció la existencia de la deuda histórica con los profesores.
Los autores de la Resolución, requieren que se inicie el análisis financiero y los reajustes presupuestarios que sean necesarios, tanto en la reforma de pensiones, como en las demás leyes permanentes. Asimismo, recalcan que se deben emprender las acciones necesarias en la Ley de Presupuestos, para establecer un mecanismo de pago efectivo con reajuste para los y las profesoras de nuestro país.
Igualmente, piden que se impulse un mecanismo que establezca una identificación precisa de los beneficiarios o sus cónyuges sobrevivientes. Junto a ello, los montos reajustados a la fecha e institución, plazo y formas de pago. Todo lo anterior, pudiendo hacerse también mediante una ley especial con esta finalidad, para ser discutida en el Congreso Nacional.
Origen de la deuda histórica
Según se explica en el documento, en 1981, se publicó el decreto ley 3.551. Este dispuso un régimen de remuneraciones para el sector público, con aumentos desde el 20% hasta un 95%, a raíz del grave deterioro que habían sufrido en los años ‘70.
Dentro de sus disposiciones, específicamente en su artículo 40º, se estableció una “asignación especial” no imponible para el personal docente dependiente del Ministerio de Educación.
En los hechos, la norma implicó que un profesor del Ministerio de Educación perdía la asignación DL 3.551 al momento de ser traspasado a la administración municipal.
Los autores de la resolución son Miguel Ángel Calisto (IND), Erika Olivera (IND), Joanna Pérez (IND) y Jorge Saffirio (IND).