Día Internacional de la Lengua Materna: La importancia de revitalizar y reconocer los derechos lingüísticos de los pueblos originarios

Esta fecha busca resaltar la importancia de la lengua materna y romper con las formas colonialistas que han hecho desaparecer idiomas y culturas

Día Internacional de la Lengua Materna: La importancia de revitalizar y reconocer los derechos lingüísticos de los pueblos originarios

Autor: Seguel Alfredo

Los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas están consagrados en declaraciones y tratados internacionales, sin embargo, en Chile sigue sin ser reconocidos.

A nivel mundial, al menos el 43% de las 6.000 lenguas que se estima que se hablan en el mundo están en peligro de extinción

La idea de conmemorar el Día Internacional de la Lengua Materna fue una iniciativa originada en Bangladesh, donde surgió un amplio movimiento por la Lengua Bengalí. Un 21 de febrero de 1952, la policía y el ejército del Estado pakistaní, que ocupaba Bangladesh, abrieron fuego contra la multitud hablante – oyente de tal lengua que se estaban manifestando por sus derechos lingüísticos en Dhaka (Bangladésh), generándose una masacre.

La Conferencia General de la UNESCO de 1999 lo adoptó como un día oficial y a partir del año 2000 se observó que en diferentes países del mundo se han realizado diversos tipos de manifestaciones.

Según la UNESCO, al menos el 43% de las 6.000 lenguas que se estima que se hablan en el mundo están en peligro de extinción. Tan solo unos pocos centenares de idiomas han tenido el privilegio de incorporarse a los sistemas educativos y al dominio público, y menos de un centenar se utilizan en el mundo digital.

Dicho organismo ONU ha señalado: “La diversidad lingüística se encuentra cada vez más amenazada con un mayor número de lenguas que desaparecen. Cada dos semanas, como promedio, una lengua desaparece, llevándose con su desaparición todo un patrimonio cultural e intelectual”.

El uso de las lenguas maternas en el marco de un enfoque plurilingüe ha sido considerado como un componente esencial de la educación de calidad y dicho día se conmemore para reconocer y promover este potencial de las lenguas.

El artículo 13 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas establece que estos pueblos tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus lenguas, tradiciones orales, sistemas de escritura y literaturas.

Además, dispone que los Estados adoptarán medidas eficaces para proteger este derecho, incluida la oferta de servicios de interpretación en procedimientos políticos, legales y administrativos.

Los artículos 14 y 16 establecen que los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus sistemas educativos y medios de información en sus propias lenguas y a contar con un acceso a la educación en su propia lengua.

Los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas también están garantizados por el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales (n.º 169) de la Organización Internacional del Trabajo. Otros instrumentos internacionales importantes son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre los Derechos de la niñez, entre otros.

Los derechos lingüisticos son parte del reconocimiento que deben asumir los estados donde coexisten Pueblos–nacionalidades originarias, como parte de los derechos colectivos cuya matriz es la autodeterminación, permitiendo la igualdad, justicia y reparación ante las históricas exclusiones y negaciones por parte de los estados contra quienes tienen una pre existencia en miles de años, cuyo estándar internacional en derechos en el presente es vinculante, siendo obligación moral y un derechos humano, reconocer y revitalizar las lenguas maternas.

Según datos oficiales, en América Latina existen actualmente 522 pueblos indígenas que van desde la Patagonia hasta el norte de México, pasando por distintas áreas geográficas como Amazonía, Andes, Caribe Continental, Baja Centroamérica y Mesoamérica. Asimismo, cientos son los pueblos y naciones originarias en América del Norte en Estados Unidos y Canadá.

Por su parte, la realidad de Chile de Pueblos y Nacionalidades originarias, también preexistentes en miles a años a la del estado, incluye a: Aymara (transfronterizo), Diaguita (transfronterizo), LikanAntai, Quechua (transfronterizo), RapaNui, kolla o Colla (transfronterizo), Chango, Mapuche (transfronterizo), Chono (no reconocido), kawésqar, Selknam (transfronterizo), Yagan (transfronterizo), algunas de estas lenguas ya han desaparecido o están a punto de extinguirse (LikanAntai, Diaguita, Chango, Chono, kawésqar, Selknam, Yagan).

Chile sigue sin reconocer derechos lingüisticos

En Chile, luego de una serie de situaciones de exclusión y negación a los derechos lingüisticos de los Pueblos Originarios, sin que se atienda las normas vinculantes, un Dictamen de la Contraloría General de la República Nº 090466N15 del 13.11 del 2015, señala que “es razonable que la administración pública otorgue el mismo trato al castellano y las lenguas indígenas”, conforme a al artículo 28, letra a), de la ley N° 19.253.

La artista visual, tejedora mapuche, Loreto Millalén Iturriaga del Colectivo Taller Ad Llallin e impulsora de la Escuela Autónoma de la Mujer Mapuche,, ha señalado:

“Se requiere urgente la refundación de Chile, el cambio constitucional que deje partir la invisibilización, el permanente atropello, la actitud arrogante del usurpador, del discriminador ignorante, Chile debe reconocer en su constitución la preexistencia de los pueblos indígenas, autodefiniéndose como (…) pluricultural; el reconocimiento de los derechos lingüísticos y de toda la riquísima diversidad que aportamos es urgente, esto serio, no basta con activar unas cuantas palabras en los nuevos libros de lenguaje, ni con impartir aquí y allá un taller o imprimir un diccionario, además de eso hay que pensar en una inmensa deuda histórica, un genocidio cultural, siglos de silencio -ocultamiento-dolor. Debe haber reparación, soñemos lo que eso significa, luchemos por eso, y ¡construyámoslo!”.

Desde la sociedad civil indígena, en especial desde La Red de los Derechos Educativos y Lingüísticos de los Pueblos Indígenas de Chile y luego de tres Congresos de Lengua, se ha venido impulsando desde el 2017 un proyecto de Ley que busca reconocer los Derechos Lingüísticos de todos los pueblos indígenas, dado a la falta de información que existe sobre el valor de las lenguas y culturas indígenas en lo que sigue se explicará el valor y alcance de este proyecto para Chile y para los pueblos indígenas, en particular, destacando que busca reconoce el derecho lingüístico como parte de los derechos humanos fundamentales.

Uno de los puntos que señala dicha iniciativa:

“Se reconoce el carácter bilingüe de los pueblos indígenas; por cuanto promueve el conocimiento de la lengua indígena de los pueblos respectivos, así como el acceso equitativo al castellano como lengua de comunicación intercultural entre los pueblos (…) La presente ley tiene entre otros objetivos, operacionalizar las obligaciones derivadas del convenio 169 de la OIT respecto a la protección y desarrollo de los derechos de los pueblos indígenas en materias de lenguas, conocimientos y valores, culturas y educación, proyectando el bilingüismo en lengua indígena y el castellano como base para el desarrollo de estos pueblos”.

En otro punto se señala: “El Estado chileno, en concordancia con los instrumentos internacionales, velará por la promoción y desarrollo de las lenguas y culturas indígenas, y por la mantención del patrimonio cultural inmaterial de los Pueblos, por ser parte esencial del patrimonio cultural del país. Por ende, apoyará a los hablantes de dichas lenguas en sus esfuerzos para asegurar su uso, en todos los espacios y funciones públicas”.

Otros articulados que proponen las organizaciones:

“Son lenguas de los Pueblos Indígenas aquellas lenguas preexistentes al Estado chileno, presentes en el territorio y que se reconocen por poseer sus gramáticas específicas y un conjunto ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de comunicación. Las lenguas indígenas son dispositivos activos de las respectivas culturas, de las identidades específicas de los pueblos y de sus miembros, de la memoria histórica, de los valores y conocimientos propios. Estas acompañan la creatividad de las personas y de sus comunidades, y con ellas los pueblos respectivos proyectan su futuro (…) El Estado reconoce como lenguas de los Pueblos Indígenas a la lengua de los pueblos Aymara, Quechua, Mapuche; Rapa Nui, Lickan Antay, Kaweskar, Selknam, Yagan, Diaguita Colla, en la formas y fonéticas que estos pueblos determinen. En caso de que la lengua se encuentre en estado de invisivilización, los descendientes del pueblo al que pertenece esa lengua tendrán el derecho de establecer los mecanismos para su revitalización”.

Por Alfredo Seguel

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