La SuperIntendencia del Medio Ambiente aplicó multa a minera Los Pelambres tras incidente en manejo de relaves
Por deficiencias en la operación de piscinas de emergencia, que se ubican en el sector Camisas de la localidad El Tambo, asociadas al manejo de aguas de proceso se le aplicó una sanción de 211 Unidades Tributarias Anuales.
Nuevo episodio relacionado a grave contaminación por actividades de relaves mineros en Pelambres, fue sancionado recientemente y dado a conocer este 17 de febrero y a pesar de su magnitud y directa responsabilidad, Luksic, hasta el momento, guarda silencio.
Para más detalles de esta resolución sancionatoria, ver en el Sistema de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) en este link: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2906
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) finalizó el procedimiento sancionatorio contra Minera Los Pelambres, titular de las unidades fiscalizables evaluadas ambientalmente: “Proyecto Integral de Desarrollo” e “Infraestructura Complementaria”, ubicadas en la Región de Coquimbo. Se sancionó por dos de los tres cargos imputados, aplicándose una multa total de 211,9 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $157 millones de pesos.
En este caso, la SMA formuló cargos tras un incidente ambiental ocurrido el 1 de noviembre de 2021, por un derrame de aguas de proceso que se produjo por filtraciones desde piscinas destinadas a almacenar drenajes en casos de emergencia, ubicadas aproximadamente a 25 kilómetros de la localidad de El Tambo, en el sector Camisas. En este caso, la minera presentó sus descargos y adoptó medidas correctivas, lo cual se tomó en cuenta a la hora del procedimiento en el marco del análisis jurídico.
Por ello, finalmente se sancionó por un cargo grave relativo a las deficiencias en el control, mantención y vigilancia en sistema de drenaje de líneas y colección de relaves del “Proyecto Integral de Desarrollo”, con consecuencia de derrame de aguas de proceso. También se sancionó por un cargo leve, debido a deficiencias en el procedimiento de clasificación y comunicación de incidentes y contingencias. Por todo lo anterior, la sanción aplicada en este evento consiste en 211,9 UTA.
“En este caso originado por un incidente ambiental, según los antecedentes contenidos en el expediente sancionatorio, se aplica una sanción por deficiencias en sistemas de control, mantención y vigilancia del sistema de drenajes. Asimismo, se analizaron todos los criterios de ponderación de la sanción, tales como, la adopción de medidas correctivas necesarias para superar el incidente, como también, el historial previo de la minera”, explica Marie Claude Plumer, Superintendenta del Medio Ambiente.
En cuanto a la multa, la empresa deberá pagarla en la Tesorería General de la República. En caso de que desee impugnar la resolución sancionatoria, puede presentar un recurso de reposición ante la propia SMA, en el plazo de cinco días hábiles tras su notificación, o bien, tiene quince días hábiles para interponer un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental competente.