Essal condonará deudas de clientes tras subsidio estatal por servicios básicos

El beneficio que ofrece la nueva legislación considera deudas generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021. A su vez no se considerarán los casos en que existan multas, intereses o gastos asociados.

Essal condonará deudas de clientes tras subsidio estatal por servicios básicos

Autor: Javiera Torres

Fotografía rescatada de País Circular

Luego de la entrada en vigencia de la ley que busca regularizar las deudas de servicios básicos que se produjeron en el contexto de pandemia a través de un subsidio estatal, la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos SA (Essal), anunció la condonación para algunos casos de clientes de la región de Los Ríos y Los Lagos.

“Las personas que hayan generado deudas del 18 de marzo del 2020 y el 31 de diciembre del 2021 y que tengan un consumo mensual menor o igual a 15 metros cúbicos (…) Van a pagar cero pesos por esta deuda, porque el Estado a través de un subsidio y Essal a través de una eventual condonación, si esto correspondiera, se hará cargo de la deuda generada en este periodo (…)”, señaló el gerente de clientes de Essal, Pedro Barría.

A su vez el Ejecutivo informó a través de una carta personalizada a cada uno de los clientes, si califica o no para acceder a estos beneficios. Las deudas se dividirán en el número de cuotas mensuales iguales y sucesivas que determine el usuario, pero no podrán ser más de 48.

Las facilidades se perderán en la medida que los clientes no paguen sus cuentas del agua por las próximas 48 cuotas que cubre el beneficio y no se considerarán los casos en que existan multas, intereses o gastos asociados.

Los hogares con este beneficio solo deberán pagar su consumo del mes, manteniendo con ello su cuenta al día y la condonación podría efectuarse si al pagar la boleta número 48 existe algún saldo de la deuda acumulada, que por Ley quedó establecido que será asumida íntegramente por la empresa sanitaria.

Otros usuarios que podrán ser beneficiados por la nueva legislación son: usuarios residenciales o domiciliarios, hospitales y centros de salud, cárceles y recintos penitenciarios, hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual, hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores, bomberos, organizaciones sin fines de lucro y microempresas.


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano