Hitos y antecedentes de la Ley “Naín-Retamal”

La agenda de seguridad se ha tomado los medios y es así como se aprobó en tiempo récord la llamada ley “Gatillo Fácil”

Hitos y antecedentes de la Ley “Naín-Retamal”

Autor: Seguel Alfredo

Fotografía portada tomada el 21 de octubre de 2019, en Puente Alto. Créditos: Rodrigo Henry

Antecedentes de la Ley Naín-Retamal para reconocer parte de la raíz de esta ley que ha generado dudas entre expertos en derechos humanos y la sociedad civil.  

Promulgada Ley Naín-Retamal: Alertan que es una carta blanca a la impunidad de abusos policiales y militares

El proyecto de ley “Naín” fue presentado por la bancada UDI el 2 de noviembre de 2020. En particular, los diputados Jorge Alessandri y Osvaldo Urrutia publicaron la “Agenda pro Carabineros”, la cuál incluía , además de la Ley Naín, cuatro proyectos para el bienestar de Carabineros.

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Desde mediados de marzo la agenda de seguridad se ha tomado los medios de comunicación. Es así como se aprobó en tiempo record la llamada ley “Gatillo Fácil” que hoy ya se encuentra en vigencia.

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Al respecto, compartimos el siguiente reportaje.

Antecedentes para entender la ley “Naín”

Por Paula Cárdenas

Radio Juan Gómez Millas

La Ley Naín surgió en 2021 a raíz del asesinato al carabinero Eugenio Naín en Padre Las Casas el 30 de octubre de 2020. Según cuentan notas de la época, el cabo habría ido a reprimir una protesta que cortaba la Ruta 5 Sur en donde habían barricadas.

Benjamín Olave Huichaleo, tío de Naín y también carabinero, cuenta a Interferencia que su sobrino tenía poca experiencia en control de orden público. Esto a pesar de que el cabo Naín llevaba 5 años trabajando para Carabineros. Además, la patrulla habría ido en un vehículo no blindado a hacer el control«No puede ser posible que un carabinero sin conocimientos de control y orden público vaya en un vehículo no blindado a un allanamiento. No puede ser posible que esto se siga repitiendo”, comentó al medio web en su momento.

Durante esa misma mañana, Carabineros habría desalojado a la comunidad Rofue de Metrenco. Según el fiscal regional de La Araucanía de aquel entonces, Cristián Paredes, el allanamiento habría ocurrido sin novedades. Sin embargo, el Lof Rofue emitió una declaración en la que constatan lo siguiente:

“Como Lof no contamos con mayores antecedentes de los hechos ocurridos en la muerte del Carabinero, sin embargo, lamentamos la muerte de un mapuche, que en defensa de los intereses de los ricos, ofrece su vida. Así también, lamentamos profundamente los asesinatos de nuestros pu peñi y pu lamien a manos del Estado chileno y argentino, y que aún no tienen justicia”.

Fueron inculpados por la muerte de Naín Luis Tranamil – quien fue detenido en un operativo en Cabrero – , Francisco Painevilo Maldonado y Carlos Cancino Tapia, – que siguen sin ser encontrados por el sistema judicial -, los tres pertenecientes al Lof Rofue.

Imagen con lienzo que dice “Libertad a Luis Tranamil, preso político mapuche, lof rofue”

Créditos: Lafken Mawida

A dos años y seis meses de los hechos, el 2 de mayo de 2023 se realizará el juicio en contra de Luis Tranamil, en donde la fiscalía pide 43 años de cárcel. En una declaración conjunta de organizaciones mapuche del weichan ante la ley Naín-Retamal, comentan sus inquietudes respecto de los tratos que tendrá el imputado:

“…en mayo próximo se dará inició a la preparación de juicio oral del preso político mapuche Luis Tranamil, acusado sin pruebas del crimen del cabo Naín, quien precisamente da el nombre a ley entrada en vigencia y que será sometido a una condena pública anticipada por los medios burgueses controlados por el poder político y económico y ahora también policial”.

La ley “Naín”

El proyecto de ley “Naín” fue presentado por la bancada UDI el 2 de noviembre de 2020. En particular, los diputados Jorge Alessandri y Osvaldo Urrutia publicaron la “Agenda pro Carabineros”, la cuál incluía , además de la Ley Naín, cuatro proyectos para el bienestar de Carabineros.

La ley Naín, por su parte, era una modificación al Código de Justicia Militar. El proyecto intentaba aumentar las penas para quienes atentaran contra la vida de carabineros y ponía la figura de presidio perpetuo calificado para quienes asesinaran a un oficial. En el caso de herir a un efectivo policial, podrían llegar a tener desde presidio menor en su máximo grado (entre 3 años y un día y 5 años) hasta presidio mayor en su máximo grado (15 a 20 años), dependiendo de la gravedad. Además se establecía que la o él imputado/a no podría acceder a procedimientos abreviados, penas sustitutivas ni libertades condicionales y se les niega el derecho a desempeñar cargos públicos. Obtén aquí más detalles.

La propuesta fue presentada por los/as diputados/as Jorge Alessandri, Nino Baltolu, Juan Antonio Coloma, Nora Cuevas, Juan Fuenzalida, María José Hoffmann, Cristhian Moreira, Nicolás Noman, Iván Norambuena y Osvaldo Urrutia.

A pesar de no estar incluído en la ley, desde entonces ya se dejaba entrever las intenciones de los sectores de derecha de excluir de responsabilidad penal a Carabineros que disparen su arma de servicio. Al menos así lo demuestran las declaraciones del entonces subsecretario del interior de Piñera, Juan Francisco Galli:

“Es bueno que regulemos desde el nivel legislativo cuáles serán las conductas que se van a eximir de responsabilidad penal, para cuando se utilice las fuerza por parte de las fuerzas policiales”.

El proyecto fue aprobado para legislar el 9 de septiembre de 2021 por la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados y Diputadas. Sin embargo, el 6 de octubre de 2021 fue rechazada al entrar en sala. Puedes encontrar aquí los detalles de la votación.

No hay primera sin segunda…

Luego vino el asesinato al cabo David Florido el 10 de junio de 2022 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda. El contexto es que se llamó a Carabineros porque dos sujetos armados estarían amenazando con disparar dentro de una barbería. Carabineros acudió al lugar y fue entonces que el cabo resultó con una herida de bala que le causó la muerte.

En aquel momento hubo críticas al gobierno, ya que cuando fue votada Naín 1.0, la bancada del Frente Amplio rechazó la ley. Esto generó presiones al gobierno por temas de seguridad desde entonces.

Con esto, la UDI modificó la ley Naín anterior y surgió la ley “Naín 2.0”, la que quitaba el aumento de años de presidio para quienes dañaran a un Carabinero y no incluía el presidio perpetuo calificado. Se buscaba que aquellas personas que atenten contra la integridad física del personal policial, Gendarmería o miembro del cuerpo de Bomberos no puedan acceder a penas sustitutivas de privación o restricción de libertad.

“Naín 2.0” fue aprobada por la Cámara de Diputados y Diputadas en diciembre pasado con 89 votos a favor, 20 en contra y 13 abstenciones.  Aún así, volvió a la Comisión de Seguridad por indicaciones.

Diputados y diputadas oficialistas entonces calificaron la ley como superficial, ya que algunos de los puntos aprobados ya son parte del código penal. El diputado Boris Barrera (PC) arguyó: “se evidencia populismo penal y deficiencia de técnica jurídica que no podemos dejar pasar”.

La norma estuvo descansando allí hasta que se fusionó con la ley Retamal.

La ley “Sargento Retamal”

Por su parte, la ley Retamal nace por el asesinato del sargento segundo Carlos Retamal, quien fue golpeado con un fierro mientras fiscalizaba una carrera clandestina en San Antonio, el 9 de octubre del 2022. El carabinero quedó herido de gravedad y falleció el 12 de octubre.

El presunto autor del golpe es Jeremy Rodríguez, un joven de 24 años que participaba de estas carreras. A la fecha de esta publicación, continúa en prisión preventiva en una investigación que contaba con más de 30 testigos en enero de 2023.

A partir de esto, la bancada de diputados de Renovación Nacional presentó el proyecto de Ley “Sargento Retamal” el 18 de octubre de 2022, la cuál incluía 11 puntos:

Puntos clave Ley Sargento Retamal Retamal Establecer una sanción penal más drástica ante delitos de homicidio, maltrato de obra y lesiones cometidas en contra de funcionarios policiales. Define una nueva redacción para los delitos de homicidio, “maltrato de obra” y ciertos tipos de lesiones graves en contra de los funcionarios . Disponer un marco especial para sancionar a quien asesina a un funcionario policial persiguiendo una utilidad, delito más conocido como sicariato. Ampliar el catálogo de medios armados de actuación y defensa que Carabineros y la Policía de Investigaciones pueden emplear. Disponer que el cometer delitos contra la vida o integridad física de personal policial o de Gendarmería configuran el estándar de constituir “un peligro para la sociedad” con miras a la aplicación de la prisión preventiva: el estándar de “peligro para la sociedad” habilita al juez para instruir la medida cautelar de prisión preventiva. Restringir el acceso a beneficios de cumplimiento penal respecto de aquellos condenados por atentar contra la vida o integridad física de personal policial o de Gendarmería.
Introducir una nueva regla para determinar las penas aplicables ante delitos que constituyan un ataque a la vida o integridad física de los funcionarios. Tipificar el delito de arrojar elementos incendiarios contra recintos o vehículos policiales: para este objeto modifica la Ley de Control de Armas. Permitir a Carabineros la realización del control preventivo de identidad de los ocupantes de un vehículo. Crear la pena accesoria de expulsión del condenado por homicidio, así como por “maltrato de obra” grave o lesiones graves (castración o mutilación). Establecer una presunción de racionalidad en el medio empleado cuando el funcionario policial o de Gendarmería repele un ataque haciendo uso de su arma de fuego institucional.

Es aquí donde surge el punto más controversial de la entonces futura ley Naín-Retamal: la presunción de uso racional de armas a Carabineros. Más adelante se detallan los alcances de este apartado. 

El 23 de noviembre la Cámara de Diputados y Diputadas emitió un proyecto de resolución, escrito por los diputados Francisco Undurraga (EVO), Jorge Guzmán (EVO), Christian Matheson (EVO) y Hotuiti Teao (RN) en donde se comprometían a hacer justicia por el Sargento y a la vez preocuparse de la agenda de seguridad. Esta ley estuvo en discusión desde entonces en el congreso y no obtuvo avances hasta marzo de este año.

Antecedentes de la ley «Naín-Retamal»

El 14 de marzo de 2023 fue atropellado el Carabinero Alex Salazar en Concepción y falleció posteriormente, lo que generó gran revuelo mediático. Es entonces que vuelve a tomarse la agenda pública las discusiones sobre las leyes que respaldan a Carabineros. Sobre todo después de que el General Director de Carabineros, Ricardo Yáñez, 

“Ya basta (…) trabajemos en conjunto (…) por que las leyes entreguen las herramientas suficientes para que el carabinero salga a trabajar con tranquilidad y pueda tener la certeza de que lo que va a hacer no va a ser cuestionado”.

General Yáñez entre lágrimas y periodistas.

Créditos a Epicentro Chile.

La Ministra del Interior, Carolina Tohá, criticó que este llamado fuese público considerando que Carabineros tiene un rol no deliberante sobre los asuntos políticos del país. Posteriormente Yáñez fue citado a conversar en La Moneda con la ministra. Al respecto, ambas partes dijeron que acordaron avanzar en las materias sobre leyes que protegen a Carabineros y comentaron que fueron reuniones de actualización de información y respaldo a las fuerza policiales. Yañez llegó a decir que contaban con el respaldo del presidente Gabriel Boric.

Sin embargo, la oposición dió cuñas a medios de comunicación implicando que esto era una especie de reprimenda a Yáñez, como es el caso de Evelyn Matthei, quien dijo: “lo que requiere Carabineros es respaldo y no llamados a dar explicaciones” o también el caso de Miguel Mellado (RN) quien dijo a El Mercurio: “el gobierno humilló al general”. Los titulares de los medios de comunicación acompañaron esta narrativa. 

Fue así como la agenda mediática se polarizó y se comenzó a hablar del poco apoyo a Carabineros por parte del oficialismo, sobre todo trayendo nuevamente al presente las críticas que hicieron durante el estallido social, cuando aún eran diputados y diputadas Giorgio Jackson, Camila Vallejo y Gabriel Boric. 

Y Nació Naín-Retamal

A esto se sumó el asesinato de la Carabinero Rita Olivares el 26 de marzo, lo que acentuó las críticas al gobierno. Más aún después de que el presidente Boric 

En repetidas ocasiones diputados y diputadas de UDI, Partido Republicano y RN principalmente exigieron al presidente Gabriel Boric pedir disculpas por dichos pasados sobre las violaciones a derechos humanos que perpetró Carabineros durante la Revuelta Popular – y que hoy siguen en investigaciones -. A la fecha de la publicación de esta nota, los y las diputados y diputadas de la república exigieron mediante un proyecto de resolución a Gabriel Boric pedir disculpas públicas a Carabineros por ausencia de respaldo, acto público que aún no se lleva a cabo.

El 27 de marzo la Comisión de Seguridad de la Cámara Baja decide fusionar ambas leyes. La principal razón para unificarlas era dar suma urgencia a ambos proyectos, cosa que el Ejecutivo no había hecho hasta el momento. “…hemos aprovechado la tramitación legislativa más avanzada para que mañana (martes) pueda ser despachado de la Sala», comentó Jorge Alessandri (UDI). Si bien el martes no se legisló, si se aprobó el paso a la Cámara de Senadores el 29 de marzo.

Coincidentemente, fue aprobada el mismo Día de las Juventudes Combatientes, una fecha que conmemora a las personas victimizadas por el terrorismo de Estado en dictadura y que se caracteriza por enfrentamientos entre manifestantes y efectivos policiales.

Es así como el gobierno apuró los trámites legislativos respectivos a la ley para dar señales a la ciudadanía del apoyo a Carabineros. El presidente Boric llegó a decir que sería parte de operativos policiales como una forma de poder empatizar con los oficiales de Carabineros.

Los hitos legislativos de la ley son:

29 marzo: aprobada en la Cámara de diputados y diputadas 4 de abril: aprobada en el Senado con indicaciones por lo que vuelve a la Cámara de Diputados y Diputadas. 5 de abril: indicaciones aprobadas por Diputados y Diputadas. 6 de abril: el gobierno la promulga como ley 10 de abril: publicación en el Diario Oficial,  que ya entró en vigencia

A pesar de que parte de la bancada del Partido Comunista y el Frente Amplio aseguraron que recurrirían al Tribunal Constitucional, esto no ocurrió.

Organismos internacionales que velan por los derechos humanos, como Amnistía Internacional, acusaron que esta ley es peligrosa para la democracia. Rodrigo Bustos, director Ejecutivo de Amnistía Chile dijo: “Este proyecto de ley no soluciona los problemas de fondo en materia de seguridad. En cambio, sí significaría avanzar hacia mayor impunidad respecto a las violaciones a los derechos humanos”.

A pesar de las alertas, ni el oficialismo ni la oposición escucharon a las y los expertos en derechos humanos.

Más leña al fuego

Durante la tramitación de la ley, en el segundo proceso de la Cámara de Diputados y Diputadas, fue asesinado el cabo Daniel Palma en Av. Matta con San Diego el 5 de abril. Al día de hoy la persecución de sus asesinos se ha tomado los matinales de Chile y hoy ya se encuentran enjuiciados los imputados del caso.

Los detenidos son Luis Lugo Machado, Ovimarlixion Garcés Briceño y David Fuentes Escalona, quienes están en prisión preventiva. El auto con el que atropellaron al carabinero pertenecía a un militar activo de Fuerzas Armadas, Boris Medina, lo que también ha generado revuelo en redes sociales. Según el militar, el auto lo arrendaba para ser utilizado como Uber.

Este será uno de los primeros casos en los que se aplicará la ley “Naín-Retamal”.

¿Qué dice la ley?

El nombre legal de la ley “Naín-Retamal” es ley N°21.560. En simples palabras, la norma está compuestas por varias modificaciones aplicadas a otras leyes ya existentes.

Específicamente se agregan indicaciones al Código Penal, al Código de Justicia Militar, al Código Procesal Penal, la ley N°18.216 (que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad), la ley N°321 (sobre libertad condicional), ley N°2.460 (ley orgánica de la Policía de Investigaciones), ley N°2.859 (ley orgánica de Gendarmería de chile), ley N°18.961 (ley orgánica constitucional de Carabineros de Chile), ley N°17.798 (sobre el control de armas) y la ley N°20.931 (sobre la facilitación de persecución y la aplicación efectiva de penas por hurto, robo y receptación).

En la norma se establece que:

– Quien cometa un delito que agreda físicamente a un carabinero, gendarme, bombero, policía de investigaciones o militar no tendrá derecho a la reducción de la condena que haya obtenido por aquel delito, ni tampoco a que pueda cumplir la pena fuera de un establecimiento penal.

– Quien asesine a un miembro de las Fuerzas Armadas deberá cumplir condena desde presidio mayor en su grado máximo (15 a 20 años) hasta presidio perpetuo calificado. El delito será sentenciado a presidio perpetuo o presidio perpetuo calificado en caso de que quien lo haya cometido lo haga por sicariato, que sea ejecutado con axuilio de personas armadas o que proporcionen impunidad o si tiene el rostro cubierto al momento de la agresión.

– Quien golpee o hiera a un funcionario de las Fuerzas Armadas podría cumplir una sentencias desde 60 a 540  días de presidio en el caso de generar lesiones leves (presidio menor en su grado mínimo) hasta 20 años de cárcel en caso de cometer lesiones graves que inhabiliten a la funcionaria/o (presidio mayor en su grado máximo).

Dibujo de Camilo Catrillanca.

Camilo Catrillanca fue asesinado por el sargento de Carabineros Carlos Alarcón, durante un allanamiento a su comunidad en Temucuicui.

– Aquellas/os funcionarias/os de la Policía de Investigaciones, Carabineros, Gendarmería y Fuerzas Armadas que haya disparado su arma de servicio o haya utilizado otras herramientas para defenderse o castigar la resistencia a la autoridad no podrá ser desvinculada/o, ni suspendida/o de sus funciones ni de su sueldo en tanto dure la investigación. Solo se le podrán reasignar funciones si una autoridad lo determina así.

– En las investigaciones iniciadas por el Ministerio Público, funcionarios/as de Fuerzas Armadas, Carabineros, PDI y Gendarmería serán considerados/as como víctimas o testigos automáticamente, a menos que hayan pruebas punibles. Esto siempre que hayan estado en ejercicio de sus funciones.

– Se presumirá legalmente el uso racional de las armas a disposición por parte de Fuerzas Armadas, Carabineros, PDI y Gendarmería durante el ejercicio de sus funciones. Esto siempre que la motivación de su uso sea la legítima defensa o la defensa de terceros. Para que el uso del arma sea considerado inapropiado será necesario contar con pruebas que lo demuestren. Aún así, existen circunstancias atenuantes para la condena del funcionario/a público/a y se podría rebajar la pena hasta en 3 grados a menos que se identifique dolo.

Carabinero portando su arma de servicio en metro Los Héroes en marcha estudiantil.

Marcha estudiantil del 5 de septiembre de 2017. Créditos Rodrigo Henry

– Aquel empleado o empleada pública de Carabineros, Gendarmería, Fuerzas Armadas o PDI que abuse de su cargo y de esta ley y genere tratos crueles, degradantes o inhumanos que no alcancen a constituir tortura, será castigado/a con presidio menor en sus grados medios o máximos (desde 541 días a 5 años de cárcel). La misma pena podría tener un/a empleado/a público que no denuncie la situación.

– Quien coloque, envíe, active, arroje, detone, dispare o haga explotar un objeto incendiario como una molotov o tóxicos, corrosivos o infecciosos en contra de vehículos o recintos policiales podría llegar a cumplir una pena de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años) hasta una pena de presidio mayor en su grado mínimo (hasta 10 años). 

– Carabineros podrá realizar controles preventivos a vehículos motorizados. Ante el impedimento del control, Carabineros queda facultado para usar todos los medios necesario para realizar el registro del vehículo de todos modos y con todos los medios racionales disponibles.

– El funcionario o funcionaria de Carabineros, Gendarmería o PDI que conduciendo un vehículo motorizado en una persecución ocasione daños o perjuicios no se hará responsable de ellos. 

– En caso de que quien cometa el delito sea de nacionalidad extranjera, dependiendo de la gravedad, podría ser expulsada/o del país con una orden de no retorno por 20 años a prohibición absoluta perpetua.

¿Uso racional de las armas?

Dos días antes de la promulgación de Naín-Retamal, David Toro de 19 años recibió siete balazos en su rostro de una subametralladora UZI disparada por un carabinero en Llolleo Alto, San Antonio. Según lo que comentaron los medios durante las primeras horas, los carabineros habrían intentado fiscalizar un vehículo, a lo que el conductor se negó e intentó darse a la fuga. En el escape habría embestido contra el vehículo de Carabineros y atropellado a uno de ellos. Para evitar la huida, otro oficial le disparó al conductor. Carabineros acusa legítima defensa.

Este sería el primer caso en el se podría aplicar la ley “Naín-Retamal” junto al caso de Daniel Palma. Al menos así lo explicó el subsecretario del interior, Manuel Monsalve, cuando opinó ante la prensa que su impresión jurídica es que el carabinero quedará amparado por esta ley.

Escena del asesinato de David Toro. Aparece su auto junto al vehículo de Carabineros.

Créditos La Izquierda Diario

Sin embargo, la historia se ha ido transformando a lo largo de los días. Según testigos – vecinos y vecinas de Llolleo Alto –  David se habría bajado de su auto con las manos en alto, desarmado y no habría intentado huir. De acuerdo al padre de David, los carabineros habrían usado desmedidamente la fuerza y el estado del cuerpo no concuerda con la versión de la policía:

“…el carro policial golpeó el auto de David, el copiloto abrió la puerta al bajar y se golpeó la pierna, porque nunca hubo un policía arrollado, mi hijo nunca se dio a la fuga y si se hubiera dado a la fuga, le habrían disparado por detrás. Estaba el vehículo ya detenido y el policía le disparó de frente. El parabrisas, al lado del chofer está dañado con la ráfaga de tiros de frente”.

La familia de David aseguró que iniciarán acciones legales para esclarecer los hechos.

El 13 de abril la Fiscalía de Valparaíso dejó en calidad de imputado al carabinero que percutó el disparo“Se le tomó la declaración y renunció a su derecho de guardar silencio acompañado de sus abogados y prestó declaración en dicha calidad y se mantenía detenido”, comentó el fiscal de San Antonio, Fred Silva.

En ningún medio de comunicación han sido publicado los nombres de los carabineros.

¿Qué dicen los números?

– De acuerdo a una investigación de Interferencia, Carabineros habría disparado 96 veces entre el 9 de marzo y el 9 de abril de 2023, antes de ser promulgada la ley. Esto habría ocurrido en 28 circunstancias diferentes y en ellas ya se habría utilizado el argumento de legítima defensa.

Jóvenes vestidos de negro y con parches en los ojos protestando por personas con traumas oculares en la Plaza Dignidad.

Créditos Rodrigo Henry.

– Amnistía Internacional publicó en su informe de marzo 2021 que habrían más de 8 mil personas victimizadas por el Estado de Chile en contexto de Estallido Social. A esto se suman los más de 400 casos de trauma ocular, violencias perpetradas por Carabineros de Chile. En su informe 2022/2023, aseguran que habrían 10.938 denuncias en contra de Carabineros por violaciones a derechos humanos. Solo en 140 Fiscalía generó una denuncia ante el Ministerio Público. En total hay 17 condenas y 2 absoluciones.

– Según cifras institucionales de Carabineros publicadas por La Tercera, entre el 1 de enero y el 11 de octubre de 2022 (período en el que falleció el Sargento Retamal), 942 efectivos policiales fueron agredidos. Las agresiones se concentraron en la Región Metropolitana (307) y en segundo lugar en Valparaíso (109). La nota no especifica la gravedad de estas.

– Las cifras del memorial virtual de Carabineros de Chile muestran que desde 2001 al día de hoy han sido asesinados 44 carabineros de los 146 que han fallecido en labores de la institución. La mayoría califica como accidente. En cuanto a los homicidios, el año que más registros tiene es el 2015 con cinco asesinatos a carabineros. Desde 2019 a la fecha han ocurrido nueve.

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