Comisión Investigadora Río Huasco
La comisión de la Cámara de Diputados/as encargada de investigar los actos públicos relacionados con el perfeccionamiento, presuntamente irregular, de derechos de aprovechamiento de aguas en la cuenca del Río Huasco, especialmente en el rio Matancilla, aprobó en forma unánime sus conclusiones y propuestas, con ocho votos favorables.
Ver también: Alerta desde atacama, mercantilización del agua
El texto propone una conclusión separada para cada uno de los órganos fiscalizados. Ellos son la Dirección General de Aguas (DGA) y el Ministerio de Obras Públicas (MOP). Además, el informe que entregará quien fuera presidente de la instancia, diputado Jaime Mulet (FRVS), añade la situación de los deslindes ocurrida en dictadura.
Las conclusiones el accionar de la DGA durante el mandato de Matías Desmadryl. En su período se efectuaron los juicios de perfeccionamiento de derechos de aprovechamiento de aguas. Al respecto, se acusa que “no se dio cabal cumplimiento a su rol de legitimador pasivo en dichos procesos”. Agrega que pese a la notificación judicial, “el servicio no se apersonó en tribunales, por lo que los juicios debieron tramitarse en rebeldía del servicio”.
Ello, continúa el análisis, ocasionó que no hubiese discusión u oposición respecto a las pretensiones de los demandantes. En especial, se apunta al cuestionado informe técnico que presentaron en ambos juzgados civiles de Santiago.
En esa línea, consideran que la DGA no puede desconocer el mandato que tiene por ley respecto a juicios de perfeccionamiento de derechos de aprovechamiento de aguas.
Otras inconsistencias de la DGA
También se resalta que la DGA fue notificada de las sentencias de ambas causas en que se fijó el caudal de cada derecho y que sumó un total de 920 litros por segundos. Para las y los legisladores, esto debió haber alertado al organismo. Así, se estima que debió concluir en que ese caudal era altamente superior a la disponibilidad real del recurso en el río Matancilla y en la región de Atacama.
Agrega que, conociendo los problemas que un eventual ejercicio de estos derechos podría causar en la cuenca del río Huasco, recién en 2022 se tomaron medidas. Entre las acciones, verificó la existencia de eventuales obras de captación y conducción. También la presencia de vegas y bofedales, así como la inexistencia de cultivos. Junto a ello, acreditó que no existe evidencia de que se estén ejerciendo derechos de aprovechamiento de aguas superficiales.
Además, realizó mediciones del caudal de la cuenca del río El Carmen aguas arriba. Este fluctuaba entre 260 y 460 l/S, por lo que existe incongruencia entre el recurso disponible y lo otorgado judicialmente.
Por último, en junio, envío un oficio a la Junta de Vigilancia de la cuenca del río Huasco. En él se informa sobre los hallazgos y las acciones que se pueden emprender con la modificación al Código de Aguas.
Ministerio de OO.PP.
El informe deja constancia que las autoridades del MOP estaban en pleno conocimiento de los problemas que el perfeccionamiento de los derechos de agua ocasionaba en la región. Ya en 2013, los exparlamentarios Alberto Robles y Baldo Procurica alertaron de la situación y pidieron medidas. Ello se reiteró en 2019 por el diputado Jaime Mulet.
La respuesta de la DGA, en 2013, fue que el organismo “no es legitimario pasivo en este tipo de procedimientos judiciales (…)”. Además, indicó que “en ninguno de los procedimientos la DGA fue requerida para emitir tal informe, lo cual es única y exclusiva responsabilidad del juez que conoce el asunto”.
Agrega que, en 2019, luego de una reunión entre el diputado Mulet y el exministro de Obras Públicas, Juan Andrés Fontaine, pese a los compromisos adquiridos, no hubo gestiones al respecto. Solo ocurrió en marzo con las nuevas autoridades. En la ocasión la cartera manifestó su disponibilidad para emitir informe por parte de la DGA a solicitud de los tribunales.
Modificación de deslindes
Finalmente, se concluye que la modificación de deslindes realizada durante la dictadura militar a través de decretos, fueron perjudiciales para la gestión de recursos hídricos de las regiones de Atacama y de Coquimbo.
En el caso de estudio, la modificación de deslindes generó que el naciente del río Matancilla quedase ubicado en la región de Coquimbo. Eso ocasionó que los títulos de los derechos perfeccionados fueran inscritos en La Serena y Coquimbo. Ello, pese a que las aguas del río Matancilla son afluentes de los ríos El Carmen y Huasco, de la región de Atacama.
La situación dificultó que los habitantes de la cuenca del río Huasco tomaran conocimiento de la pretensión de los privados demandantes. Tampoco de las sentencias que fijaron el caudal de los derechos perfeccionados.