La campaña consiste en la presentación de una petición a las más altas autoridades en materia de Ley y Justicia. La petición se trata de hacer una correcta interpretación de la ley en función de no penalizar el cultivo de cannabis para fines recreativos, espirituales y medicinales. Apelando al artículo primero de la Constitución vigente, «El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.”
Además, señala el documento de petición, este principio se encuentra reforzado por el artículo 19 N° 1 que asegura a todas las personas el derecho a la integridad psíquica, y N° 6 que asegura la libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos, así como por diversos acuerdos internacionales que nuestro país ha suscrito en relación a Derechos Esenciales.
La idea es que muchísimos sean quienes adhieran a esta campaña, y para ello lo primero es firmar la petición, lo que se puede hacer en forma virtual o en las notarías que se señalan más abajo.
Ya está operativa la inscripción virtual en la campaña para ejercer el Derecho a Petición. La campaña es de todos, hagámonos cargo de ella, haciendo difusión, compartiendo información de contexto, y firmando virtual y notarialmente todos aquellos que se encuentren tranquilos, motivados y ciertos para hacerlo.
Para adcribir la petición puede enviar un correo a [email protected] los siguientes datos: Nombre / RUT / Edad / Ciudad / Oficio
Este listado será público en el blog poderciudadanocannabis.blogspot.com
Este mecanismo de legitimidad ciudadana ha sido avalado por los abogados José Pablo Naranjo Doerr y Francia Flores Barría, entre otros.
Aquí les compartimos el escrito que será presentado a las autoridades para hacer ejercicio del Derecho a Petición.
Además, este documento ya está en varias notarías para que quienes se sientan en condiciones lo suscriban, ojalá miles.
Ya hay personas encargadas de la gestión en notarías de Concepción, Viña del Mar, La Florida y Santiago Centro.
NECESARIO LLEVAR CEDULA DE IDENTIDAD
La intención es canalizar nuestra fuerza y convicción para ordenar esta situación que compromete nuestros derechos esenciales, sumando esta iniciativa a otras que también están en desarrollo.
Por oportunidad y factibilidad hemos escogido la vía de ejercer este Derecho a Petición ante las más altas autoridades en materia de Ley y Justicia.
Se trata de vivificar la interpretación de la norma constitucional, visualizar el alcance de los derechos que garantiza, y con ello recrear la letra y la aplicación de otras normas, como la Ley 20.000 en este caso, a fin de que en ellas se exprese el respeto a las garantías constitucionales.
Existen derechos esenciales, que emanan de nuestra condición de Seres Humanos, condición espiritual y material, que nos amparan para la búsqueda de la trascendencia y el bienestar físico y espiritual, sin injerencia del Estado más que para favorecerla y darle condiciones, toda vez que lo hacemos en el marco del respeto, el bien y las leyes -leyes que por su puesto no pueden comprometer estos derechos-. Consideramos el uso de la Cannabis como una herramienta legítima dentro de esta búsqueda, para la que hay que develar su total legalidad.
La aspiración de esta acción ciudadana es generar la mayor convocatoria posible, por lo cuál se ha contemplado tanto la firma en notaría, que le dará la fuerza oficial, como la inscripción en un espacio virtual para quienes no puedan hacerlo en notaría, que igualmente le dará peso y respaldo a la petición.
Documento de petición:
Señores Ministros del Tribunal Constitucional
Señores Ministros del Pleno de la Corte Suprema
Señor Presidente del Senado
Señor Presidente de la Cámara de Diputados
Señor Ministro de Justicia
Señor Fiscal Nacional
Señor Defensor Nacional
PRESENTES
Estimados Señores:
Haciendo uso de la garantía que nos concede el artículo 19 N° 14 de la Constitución Política, para ejercer el Derecho a Petición, que nos faculta por nuestra condición de ciudadanos chilenos para solicitar peticiones a nuestras más altas autoridades, y amparados en la garantía de respuesta que asegura la Ley de Transparencia, venimos a exponer y pedir a ustedes lo siguiente:
Quienes suscribimos nos encontramos realizando prácticas para el desarrollo de la percepción y la expansión de la conciencia y por esta vía atender y cultivar la dimensión espiritual de nuestra existencia, dimensión que la Constitución reconoce y garantiza en su artículo primero, cuando dice en su inciso cuarto:
“El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.”
Este principio se encuentra reforzado por el artículo 19 N° 1 que asegura a todas las personas el derecho a la integridad psíquica, y N° 6 que asegura la libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos, así como por diversos acuerdos internacionales que nuestro país ha suscrito en relación a Derechos Esenciales.
Comprendemos la dimensión espiritual complementaria e integrada con la dimensión material de la vida humana, en relación a la presencia de planos de realidad esenciales que son susceptibles de ser incluidos en la conciencia a través de diversos métodos y caminos -que incluyen y trascienden a las organizaciones religiosas- que enriquecen las oportunidades de quien logra de modo efectivo simple y maduro integrar esta información en su proceder cotidiano.
Con la finalidad de asistirnos en el cultivo de estas meta facultades para incluir mas realidad en la conciencia, ya sea de modo intuitivo o explicito, empleamos herramientas ancestrales, medicinas naturales, plantas enteógenas como la Cannabis Sativa que modifica la cualidad de la percepción, promoviendo modificaciones cualitativas en la presencia de cada usuario sobre su existencia, en los distintos contextos de uso con que es empleada, recreativo, terapéutico o de trabajo espiritual explicito.
Participamos de la convicción de encontrarnos gozando de plena libertad y derecho para ejercer tales conductas, puesto que realizan la búsqueda de trascendencia, sentido y bienestar espiritual, tendencia natural y propia de la condición humana y que por tanto constituye un derecho esencial, que no puede ser coartado en modo alguno por el Estado, puesto que éste es un ámbito donde no tiene competencia, según lo comprende la doctrina jurídica y queda explicitado en el artículo 5° de la Constitución Política de la República.
Cuando para cultivar nuestra espiritualidad, nuestro registro consciente de mas realidad, empleamos la cosmovisión chamánica y sus herramientas, las conclusiones que brotan desde la ciencia moderna, y nos reconocemos amparados en la normativa de rango constitucional referida a los Derechos Humanos, consideramos estar haciendo uso de lo que son nuestras libertades como así mismo nuestras obligaciones y responsabilidades, toda vez que afirmamos una posición que pretende ser significativa para prosperar hacia la realización del bien común.
No obstante lo anterior, el estado actual de la interpretación y la aplicación de los preceptos que resguardan el ejercicio de este derecho natural al cultivo de la espiritualidad, que constituye un Derecho Humano de primera categoría, no tiene el alcance suficiente como para impedir la violación sistemática de los mismos y la persecución penal en contra de ciudadanos que no hacen más que participar de las garantías constitucionales que aseguran el legitimo derecho a la búsqueda de la trascendencia y el bienestar espiritual y físico, usando para ello una herramienta que ha resultado accesible, sensata, y efectiva y que viene participando a nivel mundial de un reposicionamiento y valorización progresiva como es la Cannabis.
Es así como en contra de nosotros, usuarios de esta planta maestra, se viene aplicando sin adecuada distinción y criterio la Ley 20.000, creada con el propósito de perseguir, impedir, y sancionar el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, incurriendo -por ignorancia y por inercia- en la violación de derechos esenciales y garantías constitucionales, degradando de hecho la aplicación ética del Derecho.
En el momento actual el cultivo de lo ético, de lo moral, del Ser en lo Humano, se encuentra en crisis, y para superar esta situación la participación de cada miembro de la comunidad, ejerciendo poder sobre su propia existencia, es fundamental para resolver el deterioro y degradación que se experimenta a la base de nuestra manera de desarrollarnos y convivir, mas allá de los contentamientos superficiales, transitorios que la mayoría nos ofrecemos para mejor soportar.
En este escenario consideramos crucial para nuestra convivencia, para efectivamente cautelar el Bien Común, actualizar, develar e integrar procesos que faciliten el cultivo de lo espiritual, de la dimensión no material de la vida, a partir de una actitud ecléctica, integradora y madura que supere prejuicios instalados de modo artificial y profundo, que solo perpetúan patrones involutivos de interacción social, generadores de altos grados de frustración, discriminación y desunión.
Por todo lo anterior solicitamos a ustedes, de acuerdo a sus competencias y facultades, en todo aquello que les fuere pertinente, propio y oportuno, tengan a bien explicitar una interpretación de la normativa constitucional que se refiere a derechos esenciales, que emanan de nuestra condición propiamente humana como seres espirituales, suficiente como para orientar la correcta aplicación de las leyes a fin de asegurar de manera practica su debida cautela y respeto, que asegure el derecho de cada persona a explorar y practicar con las herramientas que le resulten conducentes para cultivar tal condición, sin más limitación que las que impone el Bien Común y el orden público, y específicamente garantizar el derecho a cultivar, cosechar, y usar la planta Cannabis Sativa en el amplio espectro de contextos en que este uso se ha venido dando de hecho en nuestro país, sin la interferencia de la autoridad responsable de perseguir delitos, corrigiendo para ello, en todo lo que fuere pertinente y necesario, la letra y/o la aplicación de la Ley 20.000 por parte de los organismos y autoridades encargados de algún aspecto de texto y/o aplicación.
Con vuestro pronunciamiento y el nuestro en este acto, esperamos se contribuya a superar y trascender la violación sistemática de derechos esenciales que se realiza actualmente en Chile al perseguir penalmente a los usuarios de Cannabis Sativa, que ha generado un perjuicio enorme para las personas, además de grandes costos económicos y estratégicos para el Estado. Aspiramos por esta misma vía a enriquecer, rectificar y depurar la mirada empleada para concebir la condición humana y la aplicación ética de la Ley, procurando la realización de la justicia y superando la aplicación mecánica de la norma.
Esta carta se entrega en su original a los Señores Ministros del Tribunal Constitucional, y una copia legalizada ante Notario de la misma, a los Señores Ministros del Pleno de la Corte Suprema, al Señor Presidente del Senado, al Señor Presidente de la Cámara de Diputados, al Señor Ministro de Justicia, al Señor Fiscal Nacional y al Señor Defensor Nacional, dirigiendo a todos y cada uno la misma Petición en el tenor propio de sus respectivas facultades y atribuciones.
Agradeciendo la jerarquía de vuestros pronunciamientos en respuesta a lo solicitado,
Respetuosamente,
Los ciudadanos que a continuación suscriben
- Paulina González Céspedes, 10.633.571-0
- Gabriela Leonor Torres Pincheira, 8.258.694-6
- Carla Francisca Urra Toro, 17.321.142-2
- Milton Gregory Flores Gatica, 6.628.663-0
- Daniel Adrián Clavería Silva, 15.669.979-9
- Claudia Tenderini Sanhueza, 6.628.226-0
- Loreto José Donoso Perez, 16.742.427-9
- Nicole Bahamonde Ilabaca, 17.615.384-9
- Avelino Hector Jimenez Dominguez, 6.926.229-5
- Gonzalo Felipe Menay Figueroa, 10.931.036-0
- Carol Varas Pantoja, 13.029.768-4
- Luis Alberto Andrade Medina, 15.553.478-8
- Christian Gonzalo Burgos Castro, 12.382.072-k
- Claudio Ariel Alcota Muñoz, 13.681.906-2
- Lorena Ester Rojo Libuy, 9.457.040-9
- Alex Humberto Avila Mantelli 15.310.105-1
- Walter Omar Lizama Wall, 16.445.382-0
- Carla Alejandrina Gargari Zelaya 11.936.532-5
- Rodrigo Alejandro Aguirre Anneli 12.030.789-4
- Francisco Barrientos,13.241.786-5
- Renato Mario Albornoz Tendirini, 17.708.744-0
- Reina Figueroa Contreras
- Camila Isabel Navarro Monsalves. 16.295.930-1
- Ignacio Ricardo Rudolphy Gahona, 18.783.044-3
- Katalina Aurora López Flores, 18.145.941-7
- Felipe Esteban Indo Arias, 17.632.110-5
- Claudio Andres Muñoz Basly, 16.850.799-2
- Matias Joaquin San martin Sepulveda, 18.069.328-9
- Luis Alonso Parra Arriagada, 17.343.689-0
- Angello Bragazzi Padilla, 8.626.525-7
- Enrique Andrés Monsalves Vega, 18157768-1
- Juan Manuel Aguirre Silva, 6.322.184-8
- Zyrack Andrés Yankovich Palomo, 16.392.217-7
- Sandra Carolina Agurto Muñoz, 14.026.273-0
- Rene Antonio Pino Lecaros, 6.581.665-2
- Hans Giovanni Bahamonde Ilabaca, 18,811,517-9
- Pablo Roberto Martinez Arteaga, 17.787.444-
- Matías Ignacio Hormazábal Cavieres, 16.367.196-4
- Karla Ema Reyes Sanhueza, 15.915.096-8
- Luis Ricardo Valdebenito Alcayaga, 16.650.525-9
- Claudia Gabriela Tenderini Sanhueza, 10.767.408-k
- Camilo Alonso Olivares Moreno, 17.365.420-0
- Francisco Cristian Vergara Estay, 10.847.475-0
- Leandro Román Vega Venegas, 17.344.511-3
- Nicole Valeria Godoy San Martín, 17.801.181-2
- Juan Carlos Barría Ulloa, 17.056.345-k
- Pedro Enrique Cuevas Aravena, 17.514.112-k
- Caterine Yearitza Nuñez Castillo, 17.669.925-6
- Sebastian Eder Cardenas Cardenas, 17.145.798-K
- Leonardo Tomas Carrillo Ferreira, 17.208.343-9
- Patricio Ignacio Fibla Fibla, 18.501.528-9
- Rafael Emilio Apablaza Muñoz, 18.227.606-5
- Constanza Villaseca Tesser, 6.372.578-1
- Denise Thuillier Lepeley, 7.795.062-1
- Oscar Alejandro Aravena Riquelme, 14.221.257-9
- Rodolfo Sebastian Rabanal Espinoza, 18683640-5
- Juan Rafael Miranda Alvarez, 9.052.984-6
- José Pablo Naranjo Doerr, 9.971.103-6
- Matias Patricio Leal Bustos, 17826628-4
- Manuel Laroze Lineros,17956988-4
- Cesar Andres Reyes San Martin, 1765315-0
- Patricio Alex Contreras Peña, 13601195-2
- Nelson Alfredo Palma Pacheco, 10.958.258-1
- Cristian Basilio Rivas Valenzuela,12967852-6
- Hector Sebastian Bustos Cofré, 184579618
- Jose Luis Oyarzun Gonzalez, 18.905.681-8
- Rodolfo Jacob Vasquez Muñoz, 18068844-7
- Enrique Antonio Chavez Viveros, 15183065-k
- Mario Humberto Nuñez Castillo, 11768186-6
- Marcia Patricia Castillo Bueno, 11.768.186-6
- Juan Alejandro Aravena Pino, 12067604-0
- Selim Ignacio Jadue Cifuentes, 16.475.024-8
- Xaviera Ignacia Palacios Price, 180066004
- Pablo Ignacio Parra Ortega, 15.493.422-7
- Lorena del rosario Gomez Cole, 13506675-3
- Omar Andrés Arenas Umaña , 17.170.099-k
- Victor Francisco Gomez Andrade, 10.637.891-6
- Pablo Andrés Moya Núñez, 15.337.832-0
- Catalina del Pilar Ibáñez Acevedo, 17.349.129-8
- Hector Ivan Oporto Arias,18736204-0
- Martin Pablo AndreuMatta, 7562073-k
- Pablo Ignacio Marchant Carvajal, 18663827-1
- Luis Eduardo Diaz Cruz, 17734356-0
- Cristobal Andres Lee Granada, 13.851.385-8
- Claudio Andres Leyton Baza, 12031690-7
- Anita Espinoza Valencia, 16.561.502-6
- Wilington Manuel Alfonso Piñones Rojas, 18397835-7
- Manuel Bernardo Barrueto Temer, 17.616.656-8
- Ignacio Isamel Cisternas Valenzuela, 17.479.071-k
- Nicolás Pablo Rojas Ramos, 16.878.363-9
- Lucas Siqués Escudero, 17811064-0
- Gabriel Alfonso Barrera Toro, 17417091-6
- Sebastian Camilo Araya Romero, 17.605.919-2
- Juan Andres Pozo Carrasco, 16.569.237-3
- Miguel Angel Berrios Montenegro, 17.929.722-1
- Javier Andres Maturana Esquivel, 176288183
- Viviana Andrea Clavería Pizarro, 164270645
- Manuel Emilio Alvarado Contreras, 14.096.297-k
- Valentina Andrea Rebolledo Osorio, 17.402.287-9
- Cristian David Martinez Aguirre, 17027275-7
- José Antonio Rejas Gallegos, 15.098.167-0
- Daniela Camila Vallejos Cáceres, 18.147.827-6
- Matias Beltsasat Rebolledo Rebolledo, 18.543.543-1
- Consuelo Avilés Parra, 182249475
- Sebastián Tomás Aguilera Bravo, 18410532-2
- Fabian Enrique Castro Gallardo, 16499889-4
- Román Vargas Díaz, 19058046-6
- Francisca Ignacia Oyarzún Cabrera, 16142889-2
- Marco Antonio Sanchez Aravena,16761019-6
- Mauro Esteban Nuñez Herrera, 18.293.308-2
- Cristian Andres Becerra Vargas, 16.362.805-8
- Vannia Lorena Valenzuela Riquelme , 18565797-3
- Alejandra Camila Marín Olavarría, 18642653-3
- Esteban Dupre Weinstein, 18394771-0
- Sebastián Rosende Hurtado, 17960058-7
- Nicolas Damian Serrano Martinez, 17472792-9
- Oscar Fredy Bosquez Leiva, 16.162.384-9
- Diego Cristian Cathalifaud Donetch, 177027928
- Christian Norris Peralta, 128548688
- Carlos Alberto Requena Gaete, 16.459.340-1
- Gustavo Miguel Hernandez Monsalves, 164690474
- Andres Alejandro Muñoz Aragon, 18083023-5
- Daniel Alejandro Varas Sepulveda, 15641437-9
- Patricia Alejandra Fuentes Manriquez, 18.026.982-7
- Oliver Jacob Garcia Millan, 15447733-0
- Daniel Enrique Valdivia Ulloa, 175664602
- Camilo Navarro Meza, 17.959.053-0
- Matias Armando Oliva Carrillo, 18607149-2
- Nicolas Rodriguez Ninoles, 18539524-3
- Bdo Nasser Avid Pinto, 17166739-9
- Cristobal Eduardo Lara Alveal, 17573345-0
- Jean Franco Antonio Guzman Henriquez, 18050813-9
- Luis Andres Umaña Pino, 17207646
- Roberto Andres Carrasco Araya, 17.100.638-4
- Valeska Silvana Frías Aldunate, 165582039
- Cristian Rojas Núñez, 18136120-4
- Veronica Imilse Helena Jessen Reyes, 16650209-8
- Direl Alfredo Maurel Castillo, 17.715.421-0
- Carla Andrea Aguayo Mollenhauer, 17489939-8
- Andres Alejandro Muñoz Aragon, 18083023-5
- Felipe IgorMonsalve Valdés, 18082330-1
- Paola Ignacia Horta Arjona, 11274875-k
- Lilian C. García Salazar, 13.499.100-3
- Miguel Alejandro Fernandez Garcia, 17310552-5
- Tomas Alejandro Vilches Gonzalez, 19114799-5
- Jorge Fernando Rodriguez Ocaranza, 6689938-1
- Claudia Alejandra Castillo Bueno, 13792020-4
- Francisco Alejandro Arriagada Canto, 18.144.450-9
- Daniela Andrea Rojas Báez, 16020012-k
- Oscar Antonio Rubio Moya, 17.349.707-5
- Alex Arevalo Garcia, 15.751.427-k
- Carlos Rodriguez Aguilera, 9.122.914-5
- Cristian Moraga Trango, 192730309
- Paula Alejandra Fernandez Pinto, 16863740-3
- Caitanya Chandra Del río Cañas, 15037300-k
- Marcelo Eduardo Vidal Padilla, 18.017.282-3
- Camila Fernanda Cid Gajardo, 18587694-2
- Carlos Enrique Muñoz Leiva, 15262151-5
- Paula Riquelme Peña, 13307565-8
- Diego Andres Rojas Barriga, 13498631k
- Tomas francisco Escalona Samson, 19090523-3
- Matias Ignacio Martel Tapia, 19689114-5
- Hernan Alberto Hormazabal Flores, 19.663.860-1
- Francisco Javier Concha Ormeño, 18.361.433-9
- Luis Felipe Ignacio ValdesNahuelan, 18273841-7
- Diego Andrés Tapia Lira, 16.677.253-2
- Eileen Katrina Castro Mosqueira, 16.230.832-7
- Rodrigo Andres Riveros Garcia, 18.171.456-5
- Luis Alfredo Barreda Miranda, 17801214-2
- Ximena Andrea Torres Pincheira, 82586954
- Jaime Antonio Torres Cabezas, 17496246-4
- Adrian Patricio Ramon Barahona Godoy, 16382405-1
- Camila Andrea Sandoval Navarrete,17427487-8