Lo recibieron como allegado y abusó sexualmente por más de un año de la hija de 7 años

José García Espinoza fue declarado autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual infantil en la comuna de Renca, condenado a 13 años de cárcel

Lo recibieron como allegado y abusó sexualmente por más de un año de la hija de 7 años

Autor: Seguel Alfredo

Lo habían recibido de allegado en el domicilio de los padres de la niña y allí realizó actos de relevancia y significación sexual en contra de la niña.

El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a José Enrique García Espinoza a la pena de cumplimiento efectivo de 13 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual impropio. Ilícito perpetrado entre 2015 y 2016, en la comuna de Renca.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Valeria Alliende Leiva (presidenta), Denisse Erhenfeld Ebbinghaus y Nora Rosati Jerez (redactora)– aplicó, además, a García Espinoza las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, el tribunal impuso a García Espinoza las penas especiales de privación de la patria potestad y de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confieren respecto de la persona y bienes de víctima, sus ascendientes o descendientes, conservando, no obstante, todas las obligaciones legales en su beneficio; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, y la prohibición de aproximarse a la víctima, domicilio, establecimiento educacional o trabajo por el tiempo de la condena, en el evento que se le otorgare algún beneficio intrapenitenciario, y hasta los 10 años siguientes a su cumplimiento.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, “(…) que en días y horas indeterminados, entre el año 2015 y 2016, en más de una oportunidad, en el domicilio ubicado (…), comuna de Renca, José Enrique García Espinoza, abusando de la confianza que le tenía la familia de la víctima, ya que lo habían recibido de allegado en su domicilio, realizó actos de relevancia y significación sexual en contra de la niña (…) nacida con fecha 13 de mayo de 2008, consistentes en tocar con las manos su vagina, colocar su pene en la zona vaginal y anal de la ofendida, además de darle besos tanto en la boca como en la vagina”.


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