No más clases de ética a delitos de “cuello y corbata”: Aprueban ley que castiga delitos ambientales y económicos

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley que amplía la responsabilidad penal para delitos económicos y contra el medio ambiente

No más clases de ética a delitos de “cuello y corbata”: Aprueban ley que castiga delitos ambientales y económicos

Autor: Seguel Alfredo

Congreso aprueba normativa que amplía responsabilidad penal para delitos económicos y contra el medio ambiente

La iniciativa es parte de la agenda anti abusos del Gobierno, la que castiga la colusión, el uso de información privilegiada y la corrupción.

La iniciativa es parte de la agenda anti abusos, la que castiga la colusión, el uso de información privilegiada y la corrupción. El proyecto permite entre otros avances, perseguir de mejor manera los delitos de “cuello y corbata”

El ministro de Justicia y Derechos Humanos Luis Cordero, destacó que es “probablemente la reforma más significativa al Código Penal de 1874 que tenemos hasta hoy, ha formado parte de un gran debate desde enero de 2020, como señalamos en la Sala, este proyecto reúne tres condiciones que son virtuosas para el debate público, primero, es una moción parlamentaria transversal de distintos diputados y diputadas de todas las bancadas. En segundo lugar, es un proyecto que contó con la asesoría permanente de los principales aspectos de derecho penal en nuestro país. Y tercero, que el Ejecutivo juega un rol en la promoción y en el impulso de este proyecto de ley, especialmente en la parte final, para que no se nos olvide la importancia que es combatir la impunidad económica”

“Una de las razones centrales por las cuales es importante este proyecto, es que trata de un modo distinto a la criminalidad económica de la criminalidad común. Las consecuencias lesivas que tiene la sociedad, crimenes de estas características no solo tiene que ver con manifestar un tipo de pena específica inhabilitación, sino que los daños sociales que pueden provocar son en ocasiones infinitamente mayores a aquellos que están vinculados a delincuencia común”, puntualizó el ministro Cordero.

Finalmente el secretario de Estado señaló que “el propósito central de este proyecto de ley, es combinar un conjunto de instrumentos para prevenir que se cometan este tipo de delitos imponen mayores exigencias a las personas jurídicas y sus régimen de cumplimiento interno. También imponen mayores obligaciones a quienes cumplen cargos directivos y gerenciales en las compañías. En otros términos, si las compañías adoptan adecuadamente las exigencias por este proyecto de ley, debiéramos reducir significativamente este tipo de infracciones. Hoy ha sido una buena noticia para el país, ha sido una buena noticia en términos de participación en general y sobre todo, tiende a valorar de un modo distinto este tipo de delitos por las consecuencias sociales que esto provoca”.

Características de la ley

  1. Establece un estatuto diferenciado de determinación de pena para los denominados delitos de cuello y corbata.
  2. Cuando el delito tenga una pena teórica de presidio o reclusión –cárcel – es mucho más probable que deba cumplirse efectivamente con privación de libertad, de manera de evitar que se produzca la sensación de impunidad frente a la comisión de delitos económicos.
  3. Agrega también como categoría de “delito económico” a los delitos funcionarios, cuando éstos sean cometidos con la participación de un miembro de una empresa o en favor de esta.
  4. Establece adicionalmente una nueva forma de determinación de la multa (denominada “días-multa”), la que se calcula a partir del ingreso promedio diario del condenado.
  5. Este sistema permitirá que la multa pueda ir desde media UTM (como más de 31 mil pesos) hasta una cantidad máxima teórica de casi 19 mil millones de pesos para una persona natural, sin considerar el delito propio que cometa la empresa como persona jurídica.

¡Despachado a ley el proyecto contra delitos de cuello y corbata!

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