Por abuso sexual reiterado de su hija e hijastra, sujeto de Los Ángeles fue condenado a 15 años de cárcel

Las víctimas tenías 3 y 5 años de edad al inicio de los hechos, actos que cometió por años y de forma reiterada

Por abuso sexual reiterado de su hija e hijastra, sujeto de Los Ángeles fue condenado a 15 años de cárcel

Autor: Seguel Alfredo

TOP de Los Ángeles condenó a 15 años y un día de presidio a autor de abuso sexual reiterado de menores de edad

En fallo unánime, el tribunal dio por acreditado, que entre 2012 y enero de 2021, en dos domicilios de la ciudad de Los Ángeles, E.R.R.T. realizó en forma reiterado actos de relevancia y significación sexual en contra de la hija de su conviviente, de 3 años al inicio de los hechos, consistentes en tocamientos indebidos. Asimismo, entre 2015 y 2018, el condenado realizó similares actos en contra de su hija, de 5 años de edad cuando comenzaron las agresiones.

Por protección a las víctimas, Tribunal no dio a conocer la identidad del sujeto, sólo sus iniciales.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó hoy a E.R.R.T. a la pena única de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual de dos menores de edad. Ilícitos perpetrado entre 2012 y 2021.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por el magistrados Christian Osses Baeza (presidente) y las magistradas Ingrid Quezada Valdebenito y Alicia Ojeda Bravo (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre 2012 y enero de 2021, en dos domicilios de la ciudad de Los Ángeles, E.R.R.T. realizó en forma reiterado actos de relevancia y significación sexual en contra de la hija de su conviviente, de 3 años de edad al inicio de los hechos, consistentes en tocamientos indebidos al cuerpo de la niña. Asimismo, entre 2015 y 2018, el condenado realizó similares actos en contra de su hija, de 5 años de edad a la fecha que comenzaron las agresiones.

En el fallo, el tribunal impuso a E.R.R.T. la pena accesoria de prohibición absoluta de acercarse a las víctimas por el término de dos años, a sus domicilios, lugares de estudio o trabajo o cualquier lugar en que se encuentren o visiten; y la pérdida de la patria potestad o inhabilitado para obtenerla; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad durante el tiempo de la condena, más la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

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