Por riesgo de reincidencia y conducta «procriminal»: Rechazan solicitud de libertad condicional de Jaime Orpis

El exsenador UDI fue condenado a 600 días de presidio efectivo por los delitos de fraude al fisco y cohecho en el marco del caso Corpesca. Tras el rechazo de su solicitud de libertad condicional, Orpis deberá continuar cumpliendo su pena en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber.

Por riesgo de reincidencia y conducta «procriminal»: Rechazan solicitud de libertad condicional de Jaime Orpis

Autor: Axel

Con una negativa rotunda contestó la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago a la solicitud del exsenador Jaime Orpis (UDI) para obtener el beneficio que le permitiría salir de la cárcel. El fallo argumenta que Orpis presenta un riesgo de reincidencia alto debido a su «actitud y orientación procriminal», además de no reconocer su responsabilidad en los delitos por los cuales se encuentra condenado.

Cabe recordar que el exparlamentario fue condenado a 600 días de presidio efectivo por los delitos de fraude al fisco y cohecho, esto en el marco del caso Corpesca. A pesar de esto, Orpis recibió el beneficio de salida dominical en la navidad pasada y su defensa esperaba que la justicia le otorgara la libertad condicional cuando restan poco menos de dos años para que cumpla su condena.

Según consignó La Tercera, el acta de la sesión en que se revisó el caso de Orpis demuestra que el exsenador sí cumplía algunos de los requisitos exigidos para obtener la libertad condicional, como son la conducta intachable y la privación de libertad por un mínimo requerido. Sin embargo, los jueces consideraron que existían factores de riesgo de reincidencia que hacían desaconsejable otorgarle el beneficio solicitado.

Entre las razones que argumentaron los jueces para rechazar la solicitud de Orpis destaca el hecho de que el exparlamentario participó en la tramitación de la ley de financiamiento electoral que él mismo incumplió, manipulando el sistema, a sus pares y colaboradores. Además, Orpis presentaría «distorsiones cognitivas que lo llevan a hacer uso de prerrogativas propias de su cargo como servidor público en beneficio personal«.

«Se advierte como indicador de relevancia la actitud y orientación procriminal, en tanto es posible identificar distorsiones cognitivas y elementos asociados como el súper optimismo e indolencia cognitiva en la comisión delictual», dice el fallo.

«El privado de libertad no sólo mantenía conocimiento de la ley de financiamiento electoral, sino que además participó en su votación, utilizando como mecanismo de comisión del ilícito, el uso y manipulación del sistema, de sus pares y de sus colaboradores, con baja integración ideo-afectiva de la responsabilidad, respecto de los últimos», añade.

Tras el rechazo de la comisión al beneficio de libertad condicional, la defensa del exUDI anunció que apelarían al fallo. Entretanto, Jaime Orpis deberá continuar cumpliendo su pena en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber.


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