El pasado viernes 24 de mayo, la concejala de Puente Alto, Sara Contreras, publicó en su perfil de Instagram un video denunciando a funcionarios municipales, quienes estarían realizando actividades de campaña a favor de la exministra Karla Rubilar; candidata por el sillón alcaldicio y que busca ser la sucesora de Germán Codina.
«Acabo de encontrarme con tres funcionarios municipales de la Municipalidad de Puente Alto en terreno, en Avenida Juanita con Sargento Menadier, poniendo propaganda de Karla Rubilar. Me dicen que les dieron vacaciones para hacer esto. Por supuesto en el periodo de vacaciones el trabajador puede hacer lo que quiera, pero vamos a ver si efectivamente están de vacaciones», dijo la concejala en el registro audiovisual, mientras era increpada por dichos funcionarios, quienes le exigían no grabar.
Tras lo ocurrido, Sara Contreras afirmó que el hecho será consultado en el próximo Concejo Municipal, mientras los carteles con el rostro de la candidata de Chile Vamos están repartidos por el lugar. Incluso, el Equipo de Investigación de El Ciudadano tuvo acceso a un documento que confirma que uno de los funcionarios que aparece en el video, firmó su libro de asistencia dicho día, por lo que se descartaría la versión sobre actividades electorales en «vacaciones».
Pero, ¿qué dice Fiscalía sobre el comportamiento de los funcionarios públicos en las próximas elecciones municipales?
Según el instructivo publicado por la Contraloría General de la República en abril pasado, durante el desempeño de la función pública, «los empleados estatales, cualquiera sea su jerarquía y el estatuto jurídico que los rija, están impedidos de realizar actividades de carácter político contingente y, en tal virtud, no pueden hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas o participar en reuniones o proclamaciones para tales fines, ejercer coacción sobre los empleados u otras personas con el mismo objeto y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, por cualquier medio, candidaturas, tendencias, partidos políticos o pactos electorales”.
Incluso, el funcionario que vulnere esta prohibición e infrinja gravemente los deberes de probidad administrativa, puede ser sancionado incluso con la medida disciplinaria de destitución o término de la relación laboral.
***Consultada la Municipalidad, desde el Departamento de Comunicaciones se afirmó que “los funcionarios aludidos en la nota estaban de vacaciones y por ende queda descartada la denuncia de la concejal, ya que se cumplen completamente los protocolos de Contraloría, como se comprueba en los documentos adjuntos”.