Tren de Aragua en Puerto Montt: Condenan a 4 integrantes por asociación ilícita, explotación sexual y lavado

El Tribunal de Puerto Montt condenó a cuatro sujetos extranjeros por asociación ilícita, trata de personas y lavado de activos, realizados entre 2021 y 2022

Tren de Aragua en Puerto Montt: Condenan a 4 integrantes por asociación ilícita, explotación sexual y lavado

Autor: Seguel Alfredo

Tribunal de Puerto Montt dictó veredicto condenatorio por asociación ilícita, explotación sexual y lavado contra 4 sujetos del Tren de Aragua.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt ha dictado un veredicto condenatorio contra H.J.A.O., H.J.A.R., Y.A.S.L. y J.C.U.M. por asociación ilícita, trata de personas con fines de explotación sexual, incluyendo menores de edad, y lavado de activos.

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Los delitos ocurrieron entre agosto de 2021 y marzo de 2022 en diversas ciudades de Chile. El tribunal, integrado por los magistrados Andrés Villagra Ramírez, Jorge Díaz Rojas y Cristián Rojas Collao, determinó que los acusados actuaron en una organización criminal estructurada.

Ver video del Poder Judicial con veredicto

El tribunal estableció que, durante el periodo mencionado, los acusados captaron a jóvenes en Venezuela y Colombia, trasladándolas clandestinamente a Chile para explotarlas sexualmente. Las víctimas eran recibidas en varias ciudades chilenas, como Puerto Montt, Temuco y Talca, donde eran obligadas a trabajar bajo condiciones abusivas. Según el acta de deliberación, «las víctimas no podían elegir a los clientes, ni definir sus horarios, lugares de trabajo y su desplazamiento, además su tiempo libre se encontraba restringido».

H.J.A.O. era el líder de la organización, encargándose de captar a las mujeres, gestionar su traslado a Chile y financiar su estancia. Además, tomaba fotografías de las víctimas para publicitarlas en páginas de comercio sexual y pactaba los servicios con los clientes. Y.A.S.L. se encargaba de recaudar los dineros obtenidos y de facilitar sus cuentas bancarias para el pago de publicaciones en páginas de comercio sexual. J.C.U.M. también facilitaba sus cuentas bancarias y su domicilio en Temuco para el comercio sexual, además de trasladar a las víctimas entre diferentes ciudades.

La sentencia detalla que los acusados ocultaron el origen ilícito de los bienes adquiridos con las ganancias de la explotación sexual. «Ocultaron o disimularon el origen ilícito de dichos bienes o los bienes en sí mismos; y adquirieron, poseyeron, tuvieron o usaron dichos bienes, con ánimo de lucro», señala el dictamen. Los acusados, plenamente conscientes del origen ilícito de los fondos, utilizaron diversos testaferros para ocultar sus actividades.

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Los Lagos, querellante en este caso, destacó la gravedad de los delitos. Mauricio Maya, jefe regional del INDH, afirmó que «el delito de trata de personas es considerado internacionalmente muy grave y se le considera una moderna forma de esclavitud que el Estado debe perseguir y erradicar«. El INDH presentó la querella en 2022, cuando se descubrió la red de trata destinada a la prostitución.

La audiencia de comunicación de la sentencia, redactada por el juez Cristián Rojas Collao, está programada para el 21 de junio.

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