Tribunal de Rancagua aplica una baja condena a violador de una niña

Eduardo Campos Díaz fue condenado a 5 años y un día de presidio efectivo, como autor de violación reiterada durante tres años de la hija de su conviviente, con tan solo 10 años de edad

Tribunal de Rancagua aplica una baja condena a violador de una niña

Autor: Seguel Alfredo

TOP de Rancagua condenó a tan solo 5 años y un día de presidio efectivo a autor de violación impropia reiterada

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Eduardo Ariel Campos Díaz a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de violación impropia. Ilícito perpetrado, en fecha indeterminada, entre 2016 y el 2019, en la villa El Teniente.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados María Esperanza Franichevic’ Pedrals (presidenta), Óscar Castro Allendes (redactor) y Rocío Castelló Cordero– dio por establecido, más allá de toda razonable, que una fecha indeterminada, entre 2016 y el 2019, en un domicilio de la villa El Teniente de Rancagua, Campos Díaz cometió el ilícito en contra de la víctima, la hija de su conviviente de entre 10 y 13 años a dicho periodocuando la madre salió a trabajar.

“El establecimiento de la referida ilicitud se basó principalmente en el hecho que el Tribunal consideró el relato de la víctima sólido y válido, para acreditar los hechos de la acusación y la participación del acusado, al reunir elementos de credibilidad subjetiva, objetiva y de permanencia en el tiempo”, consigna el fallo.

Asimismo, el tribunal aplicó a Campos Díaz las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados y en la sección de inhabilitaciones impuestas por delitos de connotación sexual cometidos contra de menores de edad.

Considerando la gravedad de los hechos y atendiendo los fallos de otros tribunales ante delitos similares, la pena es considerada baja.

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