El condenado era conviviente de la madre de la víctima, una niña 12 años de edad a la fecha de los hechos, abusos de connotación sexual que repitió en reiteradas ocasiones por año y medio.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a F.A.J.E. a la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de menor de 14 años de edad. Ilícito perpetrado entre 2015 y 2016, en las comunas de Vilcún y Peñalolén.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Cecilia Subiabre Tapia (presidenta), José Ignacio Rau Atria y Wilfred Ziehlmann Zamorano (redactor)– aplicó, además, a F.A.J.E. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.
Asimismo, el condenado deberá cumplir las penas especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.
Finalmente, el tribunal impuso a F.A.J.E. la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, y la prohibición de acercarse a la víctima y a su familia, visitar el domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional o cualquier sitio que frecuente.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que durante el verano de 2015, en un domicilio ubicado en el sector Bajo Lleuque, Colonia Mendoza, comuna de Vilcún, el acusado y conviviente de la madre de la víctima, de 12 años de edad a dicha época, en a lo menos una oportunidad efectuó actos de relevancia y significación sexual en perjuicio de la niña, acción que repitió en reiteradas ocasiones entre marzo de 2015 y septiembre de 2016, en un segundo domicilio, ubicado en la villa Lautaro de la comuna de Peñalolén.