Tribunal Ambiental falla a favor de reclamaciones inmobiliarias en contra de humedal urbano “Las Quemas” en Osorno
En Osorno, el sistema de humedales reconocido por la institucionalidad en febrero del 2022, por solicitud del municipio local, organizaciones de la sociedad civil y ambientales, cuya gestión ha buscado proteger una superficie de 41,1 hectáreas que contiene a los humedales La Garza Grande, Bosque Pantanoso, Las Ranas, Las Quemas Sur y Los Sapos.
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La iniciativa, celebrada por la ciudadanía que ha puesto en valor la importancia ecosistémica de este espacio urbano, sufrió un duro revés en el tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, ya que dictó este 29 de julio, una sentencia que anula la Resolución del Ministerio del Medio Ambiente que declaró el humedal, en lo relativo a la afectación de los predios de los reclamantes, conservándose en lo demás la declaratoria.
Cabe consignar, que un grupo de inmobiliarias más una empresa agrícola y un particular, fueron los reclamantes que solicitaron al Tercer Tribunal Ambiental anular la resolución dictada por el Ministerio del Medio Ambiente, que reconoció -por solicitud de la I. Municipalidad de Osorno-, como humedal urbano, el “Humedal Urbano Las Quemas” en Osorno, Región de Los Lagos, con una superficie de 41,1 hectáreas. A juicio de las reclamantes, sus terrenos afectados por el polígono declarado como humedal urbano, no cumplirían los criterios sobre humedales.
El Tribunal, de manera unánime, determinó que “los antecedentes utilizados para el reconocimiento del humedal urbano y su delimitación no ofrecen registros sobre metodologías específicas de trabajo de campo, ni procesamiento de datos en gabinete que permitan validar y reconstruir los resultados descritos sobre los hallazgos de vegetación hidrófita y el régimen hidrológico de saturación. En suma, no hay respaldos suficientes, objetivos, fiables y revisables que permitan a este Tribunal verificar cómo se determinó la delimitación del humedal respecto de los predios de los Reclamantes”.
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En la sentencia, el Tribunal también consideró que existieron falencias procedimentales como “la falta de publicidad de la modificación del polígono, la falta de publicidad y transparencia del expediente administrativo, y la falta de pronunciamiento respecto de las presentaciones efectuadas por los interesados”. Y que estas falencias “han viciado de forma esencial la motivación del acto administrativo terminal, dado que afectaron el conjunto de información disponible y su ponderación para efectos de la declaratoria, generando perjuicios a los interesados y a la fe pública, quienes se vieron gravemente entorpecidos para ejercer los derechos establecidos en la Ley 19.880 de 2003.”.
De esta manera, la sentencia acoge las reclamaciones y ordena al Ministerio del Medio Ambiente que, con base en antecedentes objetivos y verificables, se pronuncie sobre la concurrencia de los requisitos de delimitación de humedal señalados en el art. 8° del Reglamento de la Ley N° 21.202 (Ley de Humedales Urbanos).
Detalles de la sentencia en el expediente electrónico R-31-2022 y acumuladas
En febrero del año 2022, el Ministerio de Medio Ambiente extendió la resolución exenta número 49 que declara como Humedal Urbano, según lo dispuesto en la Ley de Protección de Humedales Urbanos, el sistema Las Quemas, el primero de la comuna que recibe tal denominación, tras ser ingresada la solicitud en julio de 2021 por el municipio de Osorno y organizaciones de la ciudadanía.
Así, se comenzaba a configurar el espacio “que ocupan estos acuíferos para la conservación de la biodiversidad al interior del espacio urbano de la comuna de Osorno, tras varios meses de espera y años de trabajo de organizaciones de la sociedad civil”, se destacaba al momento de su declaración que hoy enfrenta esta anulación judicial.
Cabe consignar que, en la comuna, ha existido otro humedal de relevancia ecosistémica, Los Sapos, que fue duramente intervenido para concretar un proyecto inmobiliario,