Vulnera gravemente lo establecido en la ley: Clínica Dávila solicita «consentimiento de cónyuge» para realizar esterilización femenina

El caso expuesto sobre el Consentimiento Informado para la Cirugía de Esterilización Femenina en la Clínica Dávila, que exige la "solicitud notarial de la persona que pide operarse, y en lo posible, consentimiento de su cónyuge" revela una grave vulneración de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, contradiciendo los principios de autonomía y libre decisión establecidos por las normas de salud en Chile.

Vulnera gravemente lo establecido en la ley: Clínica Dávila solicita «consentimiento de cónyuge» para realizar esterilización femenina

Autor: Noemi Ancavil

La esterilización femenina es un procedimiento que evita de forma permanente e irreversible embarazos, y disminuye la probabilidad de tener cáncer de ovarios. Esta se denomina también como ligadura de trompas, y tiene un 99% de efectividad, lo que lo hace como uno de los métodos más seguros, sin afectar a los niveles hormonales de las mujeres, como otros métodos anticonceptivos.

En muchos países se han puesto distintas trabas para poder realizarse este procedimiento que debería requerir solo de la decisión propia, en donde han surgido casos donde médicos se niegan ante la solicitud de una mujer, hecho que no respeta ni si quiera la ley.

Y ese no solo ha sido uno de los problemas, puesto que recientemente surgió la denuncia de una mujer -a través de redes sociales- en contra Clínica Dávila, la cual expone que esta exige por reglamentación ministerial una «solicitud notarial de la persona que pide operarse, y en lo posible, consentimiento de su cónyuge«, lo cual atenta gravemente contra los derechos sexuales reproductivos de las mujeres, su autonomía y poder de decisión.

Sin embargo, ¿qué dice dicho «reglamento ministerial»? El documento actualizado (2018), de las Normas de Regulación de la Fertilidad del Ministerio de Salud, menciona que es una decisión personal que no debe depender de terceros: «La esterilización quirúrgica femenina y masculina es una decisión personal: la esterilización quirúrgica no requiere consentimiento de la pareja, pero es importante informar a la o el solicitante».

«La decisión de someterse a esterilización es personal y emanará de la voluntad libre manifestada
por quien la solicita
, sin que ello quede supeditado a la aprobación de terceras personas» (pág. 128), menciona el documento.

Por lo tanto, bajo los marcos legales, no va acorde a los reglamentos ministeriales. De hecho, la abogada Daniela Valenzuela, parte de la asociación AML Defensa de Mujeres, menciona: «La ley 21.331 señala que este procedimiento es personal, y emana únicamente de la voluntad manifestada por la persona que la solicita si es mayor de edad».

«Las obligaciones que tiene el centro de salud tienen que ver con la información del procedimiento, información completa de otros métodos anticonceptivos y consejería en materia de salud sexual y reproductiva, por lo que, si hay una institución de salud que exceda estas obligaciones impuestas por ley, está faltando gravemente a lo establecido mediante la legislación nacional e internacional y por cierto, implica un retroceso en la materia«, dice.

Incluso, la abogada asegura que el condicionamiento a la realización de un procedimiento de esta naturaleza es un derecho personalísimo, por lo que no compete a la pareja de ninguna mujer otorgar su aceptación, en este sentido, coartar la libre decisión de una mujer a este derecho implica limitar la autonomía, la libertad y la propiedad sobre el propio cuerpo, como si la único fin de realización femenina radicara en la procreación.

Desde la vocería de la Coordinadora Feminista 8M, denuncian que este hecho atenta contra el ejercicio pleno de derechos sexuales y reproductivos de mujeres, niñeces y disidencias sexogenéricas, refiriendo a que es una gran falta en términos legales y sobre todo a la expresión y el poder de decisión: «La denuncia realizada por redes sociales a Clínica Dávila emerge en un contexto en que múltiples instituciones privadas y funcionarios públicos de centros de salud han buscado, mediante resquicios legales, o a través de la objeción de conciencia, obstaculizar el ejercicio pleno de derechos sexuales y reproductivos de mujeres, niñeces y disidencias sexogenéricas», exponen.

Por lo que, «su contenido es gravísimo y refiere a una falta legal. Es urgente que tanto Clínica Dávila como la Superintendencia de Salud investiguen y esclarezcan la situación, resolviendo todas las medidas administrativas y judiciales que correspondan«.

«A semanas de la Huelga General Feminista, nos llamamos a estar en alerta ante estas situaciones y movilizarnos desde la solidaridad popular feminista contra la violencia patriarcal y capitalista», finalizan.

Mientras tanto, la matrona Yaritza Riffo Oyarzún, comenta que desde la perspectiva de género un hombre no puede ni debe decidir sobre el cuerpo de una mujer, y que «es inaceptable que todavía existan organismo que traten a la mujer como un bien del hombre y no como seres individuales», no teniendo -por parte de estos centros de salud- ninguna validez ética, moral y legal, pasando a llevar su libre decisión.

Y resalta que: «Lamentablemente no es un tema nuevo que objeten la decisión de esterilización quirúrgica para las mujeres, tanto en el sistema público como en el privado debería bastar con la expresión verbal y la firma de un consentimiento informado como la ley lo indica, cualquier mujer puede decidir libremente sobre su reproducción, autónoma e informadamente».

Ante la grave denuncia, El Ciudadano intentó contactarse con la Clínica Dávila para esclarecer la situación y obtener alguna declaración al respecto, sin embargo, argumentaron que «este tipo de cosas requieren de varias validaciones y tiempo».


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