Fue el pasado 14 de noviembre cuando el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Temuco dio lectura a la sentencia que absolvió a 11 imputados en el marco del caso Luchsinger-Mackay, desestimando la participación de los acusados en el ataque incendiario que derivó en la muerte del matrimonio, hecho ocurrido en un fundo de la comuna de Vilcún el 4 de enero de 2013.
De esta forma, José Tralcal Coche, Luis Tralcal Quidel, Aurelio Catrilaf Parra, Hernán Catrilaf Llaupe, Sabino Catrilaf Quidel, Juan Tralcal Quidel, Sergio Catrilaf Marilef, Eliseo Catrilaf Romero, José Peralino Huinca, José Córdova Tránsito y Francisca Linconao Huircapan, fueron declarados inocentes y, por tanto, se descartó su participación en el delito de incendio con resultado de muerte.
Sin embargo, durante este viernes la Corte de Apelaciones falló la nulidad del caso, aduciendo mala fundamentación en algunas decisiones. Esto significa que en 60 días comenzará un nuevo juicio, con nuevos jueces.
El Ciudadano conversó en exclusiva con la abogada defensora, Manuela Royo, para saber cómo evalúa la defensa este dictamen.
¿Se esperaban un revés en el tribunal de alzada?
No. Para nosotros ha sido algo inesperado. Estábamos confiados y consideramos que la fundamentación del Tribunal Oral en lo Penal fue suficiente. Sin embargo, la Corte de Apelaciones tiene una opinión contraria a la nuestra. Esto no significa que nuestros representados sean culpables.
¿Cuál es el nuevo estatuto jurídico del caso?
Volvemos a los inicios del juicio oral en los cuales la Fiscalía presentará las mismas pruebas que ya presentó durante el proceso y básicamente corresponde a declaraciones y pruebas de contexto. Se realizará un nuevo juicio y se mantiene hasta este punto la presunción de inocencia de todos los imputados. Aún se deben mantener en libertad y no se han revisado las medidas cautelares.
El Código Penal establece las hipótesis según las cuales se pueden discutir las medidas cautelares: Al momento de la investigación, de la formalización, durante el juicio oral y al momento del veredicto. Creemos que no es posible que en esta instancia procesal se revisen las medidas cautelares, por lo que las personas imputadas debieran vivir este nuevo juicio en absoluta libertad.
Si bien no está publicado el texto íntegro del fallo de la Corte Suprema, el Poder Judicial adelantó algunos elementos: señalan que el tribunal no fundamentó la afirmación de que las declaraciones de tres testigos eran “vagas e imprecisas”, por lo que dicha conclusión sería “caprichosa, infundada y carente de motivación”. Por otro lado, el fallo también cuestiona la consideración de la retractación del testimonio de José Peralino, señalando que “los sentenciadores con ello dan un salto al vacío, toman una decisión carente de elementos fácticos para juzgar, valorar, analizar o comparar la declaración previa y la nueva, y no obstante ello declaran que hay ‘retractación’, lo que evidentemente vulnera el principio de la razón suficiente».
¿Qué comentarios te merecen los elementos que hasta ahora se han hecho públicos del fallo?
Dicen relación con falencias en la fundamentación del Tribunal, que dan cuenta de distinta valoración sobre los medios probatorios. De acuerdo a la Corte se incurrió en contradicciones, además faltó argumentación al valorar la retractación de José Peralino en circunstancias que no se rindió un juicio. Sin embargo, esto no quiere decir que los imputados sean culpables, sino que hubo una falencia argumentativa en la redacción del fallo en el criterio de la Corte. Pero se mantiene la presunción de inocencia. Y tampoco hay indicios de culpabilidad.
Ahora bien, es un fallo de 240 páginas. Puede haber momentos en los que no todo esté en un estándar suficiente. Eso se puede entender. Pero creemos que la valoración del Tribunal fue correcta y no la de la Corte de Apelaciones.
Creemos que la Corte está siendo absolutamente exigente con el Tribunal Oral en lo Penal, en circunstancias que en casos comunes tales exigencias no se dan. Pero finalmente ello no cambia la presunción de inocencia y nuestra certeza al respecto.
Son tres los actores que apelaron una vez que se falló la absolución: Familia, Fiscalía e Intendencia. ¿Qué rol han jugado esos tres actores?
Han existido presiones políticas de importancia. Recordemos que luego de la absolución (en noviembre) la primera persona en ir a visitar a Jorge Luchsinger, fue Cecilia Morel, la actual primera dama electa. De este modo el actual presidente electo se vincula a un caso judicial en un apoyo directo a una de las partes. Eso nos deja un escenario complejo y difícil. Creemos que hubo presiones políticas por parte de la derecha, de la familia Luchsinger y eso ha significado mayores dificultades. También el estándar de exigencia es más alto cuando son personas mapuche.
¿Consideras este fallo como uno jurídico o político?
Es un fallo jurídico pero que ha estado rodeado de muchas presiones políticas. Los ministros de la Corte han mostrado una clara tendencia en contra de la libertad de los imputados, pero seguiremos trabajando por absolver. Y esta vez esperamos que sea 6-0.