Ana Llao y eventual retiro de Chile del Convenio 169: “Es una herramienta que tenemos y que vamos a defender”

La werken de la organización mapuche Ad-Mapu piensa que “sería un error garrafal que este nuevo gobierno tomara esa decisión”, respecto a las versiones que apuntan al descontento de Piñera con la aplicación de la norma internacional sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. Por Felipe Menares Velásquez.

Ana Llao y eventual retiro de Chile del Convenio 169: “Es una herramienta que tenemos y que vamos a defender”

Autor: Felipe Menares

En los últimos días, las alarmas se encendieron para muchos actores vinculados al quehacer de los pueblos originarios, ante la noticia sobre una eventual renuncia –“denuncia”, según indica la jerga jurídica– del Estado de Chile al Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, hecho que se concretaría en la entrante administración de Sebastián Piñera, tras una deficiente evaluación sobre los resultados de la norma, cumplidos 10 años desde su adopción en el país.

El ex Intendente de La Araucanía durante el primer gobierno piñerista y actual diputado electo por Evópoli, Andrés Molina, dijo a La Tercera que Piñera “no estaría conforme con su aplicación” y que “cuando se suscribió se presentó como la gran solución, pero no ha sido así. Ha dejado una sensación de no participación entre los propios mapuche, porque las consultas, que son el corazón del convenio, no son vinculantes y se sienten engañados”.

Por el lado del gobierno saliente de Michelle Bachelet, ha sido el ministro de Desarrollo Social quien ha salido al paso de las especulaciones. En una carta enviada al matutino de Copesa con fecha 19 de enero, señaló que “denunciar el Convenio 169 implicaría una involución nefasta y una irreparable pérdida de las confianzas”. Incluso, llegó a decir en un taller sobre la aplicación de la norma en Chile que “retirarlo sería una nueva bofetada a los pueblos indígenas”.

Carta de Barraza a La Tercera

Desde el mundo mapuche, la ex consejera nacional mapuche ante la Conadi y actual werken de la organización Ad-Mapu, Ana Llao, cree que “sería un error garrafal que este nuevo gobierno tomara esa decisión”, puesto que el Convenio 169 –según explica a El Ciudadano– “es una herramienta que tenemos y que vamos a defender. Eso se ha discutido en las comunidades y están logrando comprender el valor y peso que tiene el Convenio”.

Y para ilustrar este último punto, la dirigenta mapuche recurre a la reciente decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental de La Araucanía, que rechazó la instalación del proyecto hidroeléctrico “El Rincón”, una central de paso de 11 MW, en el río Truful Truful.

“Hoy venimos de un gran triunfo, porque por unanimidad se rechazó el proyecto “El Rincón” del río Truful Truful, gracias al Convenio 169. Es la única herramienta jurídica, a nivel internacional, que tiene peso. Incluso las propias instituciones del Gobierno, en este caso los seremi, llegaron a la conclusión de que se estaban vulnerando derechos desde el punto de vista de la biodiversidad y del medio ambiente. En el contexto de la argumentación que entregaron los lonkos, las machis, los propios dirigentes, apegándose al convenio 169, para nosotros es válida esa herramienta, que debe seguir usándose, porque todavía hay muchos proyectos que están en camino”, afirma.

“Los gobiernos están en deuda con el Convenio 169”

Ana Llao considera que “los gobiernos de Chile le han estado colocando ciertos frenos para no avanzar como dice el convenio 169”, en referencia a los cuestionados decretos 124 (primer gobierno de Bachelet) y 66 (primer gobierno de Piñera). Es la imposibilidad de una consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas la materia que concentra su preocupación.

Ana Llao

“Las consultas que se hicieron para el Ministerio de Pueblos Indígenas fueron súper chantas, sin una participación real, porque se juntaron solamente los amigos del gobierno de turno, donde quedamos una gran parte de personas que no participamos”, recuerda la werken de Ad-Mapu.

Siguiendo el artículo 6 del Convenio 169, al aplicar las disposiciones de la norma, los gobiernos deberán “consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”.

A su vez, el artículo 7 del documento indica que “los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe el proceso de desarrollo, en la medida que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional, susceptibles de afectarles directamente”.

La dirigenta también apunta a los procesos judiciales contra comuneros mapuche para identificar la que, a su juicio, es otra carencia del Estado chileno respecto de la aplicación del Convenio de la OIT. “En el caso del pueblo Mapuche, los gobiernos están en deuda con el Convenio 169, porque si se respetara la religiosidad propia de nuestra cultura, no tendríamos presos políticos perseguidos en estos momentos. No tendríamos un machi encarcelado [Celestino Córdova] ni una machi perseguida [Francisca Linconao]. No se ha aplicado, por la falta de voluntad política de los gobiernos, llámese gobierno de la Concertación, de Piñera o de la Nueva Mayoría”, sostiene Ana Llao.

Celestino Córdova (izq.) y Francisca Linconao (der.)

En relación a los temas aludidos por la ex consejera nacional ante la Conadi, el Convenio establece en su artículo 5 que “deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente”. Además, el artículo 10 expresa que “cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tener en cuenta sus características económicas, sociales y culturales” y que “deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos al encarcelamiento”.

A pesar de los problemas identificados en su aplicación, Ana Llao insiste en relevar la defensa del cuerpo normativo internacional. Desde su punto de vista, “el Convenio 169 tiene más peso que la propia Ley Indígena 19.253. Es mucho más amplio y nos otorga más garantías y derechos. Hasta este momento, el Convenio es la única herramienta jurídica, a nivel internacional, para garantizar los derechos que los pueblos indigenas están discutiendo”.


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