Un importante paso dio en la recientemente creada Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara de Diputados el proyecto que amplía la figura penal del femicidio, esto luego de que fuera aprobado en general en dicha instancia parlamentaria.
La iniciativa es también conocida como “Ley Gabriela”, en asociación a Gabriela Alcaíno, quien fuera asesinada junto a su madre, Carolina Donoso, por su expareja.
La diputada Loreto Carvajal, quien preside la comisión, explicó que se han impuesto la tarea de «ir más rápido» a la hora de enfrentar estos crímenes. «Muchas veces las mayores falencias están en cómo probar el delito, en cómo hacer que los órganos asesores (Carabineros, Policía de Investigaciones y Ministerio Pública) sean más eficaces. Tenemos una gran lucha que dar”, explicó la legisladora.
Fabián Alcaíno, padre de Gabriela, enfatizó en la necesidad de educar a niños y jóvenes sobre este tipo de violencia, para que hechos como los que le tocó vivir no se vuelvan a repetir en nuestro país. «Lamentablemente, hay testigos que callan. Yo nunca supe lo que mi hija estaba viviendo en esa relación y solo después de su muerte me vine a enterar de muchas cosas que presagiaban este triste final”, declaró.
Incitación al suicidio
Los autores de la propuesta recuerdan que la tipificación del delito de femicidio en Chile se produjo con la Ley 20.480, que modifica el Código Penal, y la Ley 20.066, sobre violencia intrafamiliar, estableciendo el “femicidio” y aumentando las penas aplicables a este delito y reformando las normas sobre parricidio.
Sin embargo, estimaron que la norma vigente no abarca toda la dimensión necesaria, por lo cual plantean modificar el Código Penal y ampliar la figura de femicidio al asesinato de mujeres “con motivos de odio, menosprecio o abuso por causa de género”.
Además, se propone una enumeración de circunstancias agravantes, tales como el hecho que la víctima sea menor de edad; que haya existido violencia sexual previa; que el victimario mantenga o haya mantenido una relación de pareja con la víctima; así como que el delito haya sido cometido con alevosía o ensañamiento.
Adicionalmente, crea un nuevo artículo que tipifica la figura de «incitación al suicidio» o la prestación de auxilio para cometerlo, en el marco de las desiguales relaciones de poder basadas en el género, especificando circunstancias en que especialmente se entenderá la concurrencia de dichas relaciones desiguales de poder
Finalmente, el proyecto propone impedir la configuración de la atenuante de “irreprochable conducta anterior” cuando haya precedido cualquier incidente de violencia a la comisión de los delitos comprendidos anteriormente, independiente a que se hayan denunciado o no.
Fuente: Cámara de Diputados