La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió un recurso de nulidad presentado por el Consejo de Defensa del Estado para deshacer la sentencia de un juzgado laboral de la región que ordenó a Carabineros el pago de una indemnización por violar las garantías constitucionales del ex uniformado José Martínez Avilés, quien denunció presiones de la institución para proteger al verdadero autor de los disparos que dejaron malherido a Teófilo Haro en el marco de las protestas del movimiento “Aysén, tu problema es mi problema”.
Así el alto tribunal, integrado por los ministros Pedro Castro Espinoza, Sergio Mora Vallejos y Luis Sepúlveda Coronado, revirtió la decisión del juez de primera instancia, Óscar Barría Alvarado, quien dio por acreditados los hostigamientos sufridos por el ex sargento José Martínez después de negarse a mentir en una investigación interna que pretendía exculpar al comandante Víctor Follert de los hechos ocurridos en febrero de 2012, cuando Teófilo Haro fue agredido.
Según ha expresado la defensoría capitalina Equánime en representación del ex carabinero demandante, el coronel Leonardo Glade Pérez de Arce habría sido designado como fiscal administrativo del sumario en Aysén con la finalidad de inculpar a un inocente y proteger así a Follert, quien actualmente concentra las miradas de la Justicia Militar en el caso de Haro, todo ello con el pleno conocimiento del general director de Carabineros, Gustavo González Jure, el que junto al entonces ministro Rodrigo Hinzpeter informó al Congreso una versión que resultó ser completamente falsa con respecto a la verdadera autoría del ataque.
A juicio de la Corte coyhaiquina, durante el proceso laboral que terminó dando la razón al ex sargento Martínez, “el Juez (Barría Alvarado) no efectuó un razonamiento valorando la totalidad de la prueba que fuera presentada ni realizó, como lo señala la recurrente, un adecuado y completo examen de las pruebas presentadas para acreditar que el retiro a que fue llamado el denunciante no tiene su origen ni es el producto de una vulneración al derecho a la integridad física y síquica”.
Vea más detalles sobre este caso en la nota que preparó hace algunas semanas El Ciudadano TV .