La iniciativa legal, que define un nuevo sistema de educación pública dependiente del Estado y ya no de las municipalidades o corporaciones municipales, considera informes de las Comisiones de Educación y de Hacienda. La tabla, además, contempla el tratamiento de los cambios del Senado a la propuesta que establece un sistema unificado de transmisión de energía eléctrica en el país.
Con informes de las Comisiones de Educación y de Hacienda se presenta en la Sala de la Cámara de Diputados, este martes 21 de junio, el proyecto de ley en primer trámite constitucional, que crea el sistema de educación pública, más conocido como de desmunicipalización.
La iniciativa fue ingresada a trámite por el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet el 3 de noviembre de 2015, pasando en aquel momento a consideración de la Comisión de Educación, que la vino a despachar a su par de Hacienda el 13 de mayo pasado. A su vez, esta última instancia terminó su análisis y votación el jueves de la semana pasada.
Tal como quedó definido en el texto de la Comisión de Educación, el proyecto permite la creación del sistema de educación pública, que tendrá como objeto central que el Estado provea, a través de los establecimientos educacionales de su propiedad y administración, una educación pública, gratuita y de calidad, laica y pluralista, que promueva la inclusión social y cultural, la equidad, la tolerancia, el respeto a la diversidad y la libertad. Además, dicha instrucción debe considerar las particularidades locales y regionales y garantizar el ejercicio del derecho a la educación de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República, en todo el territorio nacional.
Serán parte relevante de este sistema los Servicios Locales de Educación Pública, instituciones estatales que se crean a partir de esta ley y cuyo número se distribuirá a lo largo de todo el país considerando para ello, por ejemplo, criterios de densidad de población, cantidad de establecimientos educacionales por administrar y distancias. También será parte importante de este engranaje el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Pública.
Según constante en el informe de la Comisión de Educación, el sistema tendrá como marco los siguientes principios: calidad integral; mejora continua de la calidad; cobertura nacional y garantía de acceso; desarrollo equitativo e igualdad de oportunidades; colaboración y trabajo en red; proyectos educativos inclusivos, laicos y de formación ciudadana; pertinencia local, diversidad de los proyectos educativos y participación de la comunidad; formación ciudadana y valores republicanos; e integración con el entorno y la comunidad.
En su trámite en la Comisión de Hacienda, la propuesta legal tuvo variados e importantes cambios. Uno de ellos dice relación al rechazo al traspaso de los establecimientos educacionales que se encuentran hoy bajo la tutela de las municipalidades o de la corporaciones municipales, que cuenten con reconocimiento oficial al 31 de diciembre de 2014, ya sea que se encuentren en funcionamiento o en receso, así como aquellos que se creen a partir de dicha fecha hasta el momento del traspaso, a los nuevos Servicios Locales ejerzan sus competencias en las correspondientes comunas.
Otros puntos importantes que deberán ser resueltos por la Sala son la reposición de las normas que permiten la creación de los ya citados Servicios Locales y la facultad para que el Presidente de la República, en un plazo de un año, determine la fecha en que iniciarán sus funciones dichas entidades, ambas materias rechazadas por la Comisión de Hacienda.
También relevantes son la introducción en la Comisión Hacienda, de dos propuestas del Gobierno: la extensión hasta el año 2022 de la vigencia del Fondo de Apoyo a la Educación Pública (FAEP), que permite incorporar $450 mil millones al proceso de traspaso; y la inclusión de un compromiso expreso de parte del Ejecutivo de enviar, antes de enero de 2017, un proyecto de ley que establezca un estatuto para los asistentes de la educación.
En la sesión, eventualmente el Ejecutivo podrá presentar algunas indicaciones que la Sala deberá analizar a la luz de las recomendaciones de ambas Comisiones. En este punto podrían presentarse propuestas de parte del Gobierno para abordar algunas materias que estaban definidas en el texto original del mensaje, que fueron modificadas por la Comisión de Educación y que no se cambiaron en Hacienda. En este ámbito se inscriben, por ejemplo, normas que le dan un carácter resolutivo y ya no solo consultivo a los Consejos Locales que se crean en esta ley, para definir los cargos de los directores ejecutivos de los Servicios Locales y los Planes Estratégicos Locales de Educación Pública.