La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el informe de la comisión investigadora sobre los actos del Gobierno relacionados con la concesión de indultos particulares por parte del Presidente de la República, Gabriel Boric, descartando la existencia de irregularidades en el proceso.
Recordemos que esta instancia parlamentaria se encargó de reunir antecedentes sobre los indultos a 12 condenados por causas relacionadas con el estallido social, y al exfrentista Jorge Mateluna.
La propuesta aprobada sostiene que “la tramitación de las solicitudes aquí en cuestión se ha sujetado estrictamente a los procedimientos establecidos en la normativa legal vigente, de la misma forma en que se ha venido haciendo en los últimos años y que constituye la práctica administrativa asentada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”.
Respecto a los informes del tribunal de conducta de Gendarmería, el documento afirma que “estos no son vinculantes en sí mismos, pues la decisión se adopta considerando todos los antecedentes adicionales y el contexto en que se ejerce la atribución en análisis”.
Asimismo, el informe aprobado señala “la inexistencia de irregularidades en la tramitación” y sostiene que los indultos se dictaron correctamente desde el punto de vista del derecho administrativo. “Desde el punto de vista de un examen legal, los decretos cumplen con todos los requisitos legales para producir sus efectos”, se especifica en el texto.
Reforma al indulto
El informe aprobado también concluye la necesidad de crear una comisión de reforma a la institución del indulto, que tenga presente el derecho comparado y las diversas observaciones que se han estimado en el documento.
Asimismo, propone al Gobierno estudiar eventuales modificaciones a la ley 18.050 de indulto, con el objeto de que los informes relativos a las personas condenadas que lo solicitan, se revisen por un órgano colegiado, que sugerirá una propuesta al Presidente de la República sobre la procedencia o no de indultar, teniendo en cuenta los antecedentes que tenga el condenado.
En el caso de personas privadas de libertad con condenas penales previas, la propuesta de indultos debe ser objeto de calificación por el órgano colegiado señalado anteriormente, con el objeto de asesorar de forma más acabada a la autoridad para tomar la decisión.
Adicionalmente se propone determinar el alcance del artículo relativo a la interpretación de qué se entiende por “casos calificados” para que el mandatario pueda prescindir de los requisitos establecidos en dicha ley para otorgar el indulto.
También se recomienda elevar requisitos de fundamentación de los actos administrativos que concedan indultos particulares, a fin de evitar que surjan controversias al respecto; revisar el alcance de la delegación de potestades para indultos particulares ante los delitos más gravosos; así como someter los decretos supremos de concesión de indultos al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría.
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