Por unanimidad, la Corte de Apelaciones de Temuco declaró inadmisibles dos recursos de apelación en favor de José Peralino Huinca (en la foto), presentados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos y por la defensa del comunero.
Según consigna el portal Resumen, la primera sala de dicho tribunal no acogió la solicitud de la defensa de Peralino, que busca seguir adelante con la querella por apremios ilegítimos por parte de tres funcionarios de la PDI, quienes lo habrían cooptado para firmar la declaración con que posteriormente se condenó a cadena perpetua a José y Luis Tralcal.
Recordemos que ambos recursos de apelación buscaban revertir la determinación de la Corte de Apelaciones que en agosto rechazó la reapertura de la investigación que buscaba esclarecer la denuncia de Peralino por tortura en contra de Reinaldo Villegas, Guillermo Vilches y Claudio Leiro de la Brigada de Inteligencia Policial de la PDI de La Araucanía (BIPE)
Karina Riquelme, abogada querellante en este caso, comentó que la decisión del tribunal de alzada temuquense no le sorprende y es una constante a lo largo de los años: “Cuando la víctima es mapuche, el Ministerio Público ha tenido bastante desidia en lo que respecta a la investigación. Esto se repite a la luz de la causa, teniendo que incluso reabrirla con recursos de queja en la Corte Suprema ante el nulo trabajo que la Fiscalía de Temuco ha realizado con respecto a este delito en particular”.
Según la defensora, el motivo de esta negativa por parte de los tribunales de Temuco, se debe a que el fiscal que lleva esta causa es parte de la Fiscalía de Alta Complejidad y colega de los demás abogados que están en la causa Luchsinger Mackay: “La teoría de esta denuncia, en definitiva, es absolutamente contraria a lo que ellos quieren llevar adelante y con lo único que sustentan la condena en contra de los comuneros mapuche en el caso Luchsinger”, señaló la abogada.
Los recursos de apelación en favor de Peralino Huinca fueron presentados por el INDH y la defensa del comunero mapuche. Ambas medidas se basaron, principalmente, en la evaluación que debía hacer personal capacitado en el Protocolo de Estambul, manual de investigación y documentación efectiva sobre casos de torturas, tratos crueles o degradantes, y sus repercusiones en la persona afectada.
En esa línea, sobre la evaluación realizada por el Servicio Médico Legal a José Peralino, la abogada expresó que “luego de que el SML entregó los resultados al Ministerio Público, nos dimos cuenta de que las personas que suscribieron este protocolo no tenían estudios ni experiencia en esta evaluación, a diferencia de los informes particulares que nosotros hemos adjuntado a la causa, de personas capacitadas, con experiencia y que trabajan a niveles internacionales en esta materia y que comprobaron que José Peralino sí ha sufrido apremios ilegítimos por parte de la PDI por más de tres años”.
“En el primer informe nos dicen que ninguno tenía experiencia en esta materia y extrañamente, una semana después, llega un segundo oficio diciéndonos que no, que uno de ellos si había tenido una capacitación, pero el otro profesional no. El tema es que no podemos saber si el protocolo fue escrito por el profesional que si tiene la capacitación y cual fue hecho por el que no la tiene, por ende, el mandato que tiene el Estado chileno respecto de investigar este tipo de causas no se está cumpliendo, pero la Corte de Apelaciones no dio siquiera lugar para que se de esta investigación”, puntualiza la profesional.
Los motivos que entregó la Corte de Temuco para rechazar ambos recursos fueron más bien formales. Es decir, que el recurso que presentó la defensa de Peralino y el INDH no caben en la definición formal de lo que es un recurso de apelación. El problema, expresó la abogada, tiene que ver con que si bien la causa sigue abierta, el Ministerio Público quiere comunicar el cierre de la causa el próximo 13 de septiembre, no dando así la posibilidad de investigar el delito de apremios ilegítimos por el que se están querellando.
Riquelme afirmó que evaluarán la resolución del referido tribunal porque la Corte Suprema señaló que era necesario llevar a cabo este informe y hoy, nuevamente, se les negó la posibilidad de que sea realizado por personas competentes.
Fuente: Resumen