A través de una declaración pública, la comunidad indígena Liukura Piedra Blanca de Quellón, en Chiloé, rechazó la llegada de turistas a la zona, que se encuentra en plena cuarentena a causa de la pandemia del Covid-19.
De acuerdo a la denuncia, el fin de semana recién pasado (sábado 23 de enero), ingresó a su territorio «un grupo de 8 personas adultas, llegadas en una embarcación particular, no residentes de nuestro territorio, provenientes de otra región del país, y que en estos momentos se encuentran ocupando su segunda residencia en Isla Koldita, sector Quemay».
El grupo habría ingresado al sector «sin previa autorización de nuestras autoridades tradicionales, ni respetar a comuneros que no autorizaron su intromisión en nuestros territorios y por sobre todo, sin respetar el estado de cuarentena total en el cual se encuentra nuestra comuna».
En específico, detallaron que los turistas «ingresaron al sendero de nuestro lago sagrado Michailelo, por sus propios medios, sin conocer el sector ni dimensionar los peligros de este. Además, al regresar, aseguraron a la comunera que los detuvo y les manifestó su malestar por este actuar, que volverían a recorrer otro sendero de nuestra comunidad cuando quisieran».
«Por este hecho queremos declarar que nuestra comunidad indígena no aceptará visitas a nuestro territorio en estado de emergencia sanitaria, hasta que nuestra comuna haya superado el estado de cuarentena total y se encuentre en una fase que permita estas actividades; además, toda visita con fines turísticos a nuestro territorio debe ser solicitada a la agrupación de turismo originario de nuestra comunidad y autorizada por nuestras autoridades tradicionales, para proporcionar la compañía de nuestros guías comunitarios», enfatizaron desde la comunidad.
En ese sentido, añadieron que los visitantes, al no proceder de esta manera, «serán detenidos por nuestro comité de resguardo territorial y puestos a disposición de la capitanía de puerto de Quellón».
Finalmente, en su declaración, la comunidad Liukura Piedra Blanca recordó a la opinión pública un extracto de la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Originarios de Naciones Unidas, que respaldan su actuar en defensa de su territorio ancestral.
«La Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, señala en su artículo 26, que ‘los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de ocupación o utilización (…) Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos'».
El convenio 169 de la OIT, por su parte, indica que «los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de estos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos» (Artículo 15 -1). Además, obliga a los gobiernos a adoptar «…las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medioambiente de los pueblos interesados» (Artículo 4 -1)».