CONADECUS: «Costanera Norte debe responder por inundación»

«La concesionaria de la Autopista Costanera Norte, es decir el dueño de la obra, debe hacerse responsable por la inundación producto de la salida del cauce del Mapocho en Providencia, puesto que esta situación tiene directa relación con las obras mal ejecutadas a la altura del puente Lo Saldes», señaló Hernán Calderón, presidente de la […]

CONADECUS: «Costanera Norte debe responder por inundación»

Autor: Daniel Labbé Yáñez

Dos caracoles

«La concesionaria de la Autopista Costanera Norte, es decir el dueño de la obra, debe hacerse responsable por la inundación producto de la salida del cauce del Mapocho en Providencia, puesto que esta situación tiene directa relación con las obras mal ejecutadas a la altura del puente Lo Saldes», señaló Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, CONADECUS.

«A los afectados por las inundaciones no les importa qué empresa realizaba las obras o quiénes eran sus subcontratistas, es el mandante principal, el dueño de la obra quien debe responder», agregó el dirigente de los consumidores.

Sin embargo, el abogado de CONADECUS, Andrés Parra, aclaró que no es posible hacer una demanda colectiva amparada en la Ley del Consumidor, «ya que esta norma es bastante específica respecto de los servicios que protege. Acá no hay relación proveedor–consumidor entre la autopista y afectados».

No obstante ello, recomendó hacer demandas individuales o a lo más de unas 8 personas que tengan similares daños o por edificio inundado. Lo anterior, debido a que «la prueba es muy compleja cuando las circunstancias van variando de un edificio a otro, e incluso de locales comerciales, que dan directo a la calle», precisó el profesional, quien además aconseja sacar la mayor cantidad de fotos y autorizar las más representativas ante notario como pruebas, puesto que el daño debe probarse, no sólo reclamarse.

El abogado, experto en temas de indemnización de perjuicios, recomienda que antes de demandar cada afectado reúna la mayor cantidad de antecedentes de los daños y haga una estimación razonable del daño moral que pudo afectar. Además, explicó, los comerciantes deben calcular el lucro cesante equivalente a lo que no podrán percibir en su negocio por la perdida e imposibilidad de atención al público. «Tener una buena asesoría previa es muy importante ya que una vez presentada una demanda no se puede cambiar lo pedido», señaló.

Fuente: Comunicaciones CONADECUS


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