El exalcalde de la comuna de Guaitecas, Cristián Alejandro Alvarado Oyarzo (ind. Chile Vamos) fue condenado a 10 años de prisión por el delito de malversación de caudales públicos, perpetrado entre enero de 2013 y agosto de 2016.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Rosalía Mansilla Quiroz (presidenta), Pablo Freire Gavilán y Patricio Zúñiga Valenzuela (redactor)– aplicó, además, al exjefe comunal las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de multa de 15 UTM (poco más de $ 800 mil), cita La Tercera.
En la sentencia, el tribunal explicó que Alvarado, cuando era alcalde, «mantenían a su cargo las cuentas fiscales edilicias y de la empresa eléctrica de Melinka, pudiendo girar cheques o hacer transferencias bancarias mediante dispositivos electrónicos para cumplir el objetivo de satisfacer las necesidades de la comunidad local”.
La resolución señala que, además, desde la municipalidad «se efectuaron pagos y transferencias electrónicas, donde se adquirieron bienes y servicios en provecho propio o de terceros, cuya naturaleza es fraudulenta, transfiriendo fondos públicos que en ocasiones se respaldaron mediante facturas ideológicamente falsas y decretos de pagos sin respaldo, las que aparentaban la adquisición de bienes o el pago de servicios a terceros”.
“En esta dinámica de acciones defraudatorias, Alvarado Oyarzo y Mansilla Barría contaban con la participación de Luis Melián Oyarzo, contador de la empresa eléctrica de Las Guaitecas; Cristián Tauda Krema, administrador de la misma, y de Rosario Saldivia Calixto, cónyuge de Mansilla Barría, quienes facilitaron sus cuentas corrientes bancarias para la recepción y desvío de dineros fiscales, logrando de esta manera sustraer dineros y defraudar al erario fiscal”, cita La Voz de los que Sobran.
Por otra parte, también fueron condenados Cristián Tauda Krema y Luis Melián Oyarzo a la pena de 7 años y 182 días de presidio efectivo por el delito de fraude al fisco y una multa del 5% del perjuicio causado.
A consecuencia de lo anterior, el TOP de Coyhaique condenó también a los mencionados , como autores del delito consumado de fraude al fisco; más el pago de una multa ascendente al 5% del perjuicio causado en la Municipalidad de Guaitecas.
También se condenó a Rosario Saldivia Calixto a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada por igual lapso, más el pago de una multa de 10 UTM, en calidad de cómplice del delito de malversación de fondos públicos.
El perjuicio fiscal por las mencionadas operaciones bancarias fraudulentas supera, en cada caso, las 400 UTM ($21.668.400). “El perjuicio fiscal por las mencionadas operaciones bancarias fraudulentas ascienden $351.194.314 de pesos”, sostiene la resolución.