Corte de Apelaciones de Copiapó multó a empresa minera por muerte de trabajadores en Chañaral

La jueza Carolina Valencia Castro del Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, determinó que la empresa minera Mantoverde incumplió normas de seguridad laboral, lo que llevó a la muerte de cuatro trabajadores en un accidente automovilístico.

Corte de Apelaciones de Copiapó multó a empresa minera por muerte de trabajadores en Chañaral

Autor: Nicolás Tello

El pasado 16 de enero, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Copiapó, decidió descartar error en la sentencia dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, la cual corroboró el comportamiento negligente de la empresa “al no tomar los resguardos necesarios para evitar que cuatro trabajadores se trasladaran en un vehículo particular desde la faena hacia sus residencias en Copiapó, y que fallecieron en un accidente de trayecto”. 

El contexto del fallo se remonta al pasado 7 de junio de 2023, cuando cuatro trabajadores de la empresa Mantoverde S.A. fallecieron luego de que el vehículo particular en el que viajaban colisionara con otro vehículo más grande. 

La Inspección Provincial del Trabajo de Chañaral aplicó una multa a la empresa responsable al no garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad laboral, específicamente por permitir el uso de vehículos particulares en lugar del transporte proporcionado. 

Desde Mantoverde S.A. afirmaron que como empresa no podían responsabilizarse de las decisiones de los funcionarios de no utilizar el transporte de la empresa.

No obstante, la jueza Carolina Valencia Castro rechazó la argumentación, agregando que la falta de medidas de seguridad adecuadas por parte del empleador contribuyó al accidente.

La sentencia se dictó el 29 de abril de 2024 y estableció que la empresa debía asumir las consecuencias de su incumplimiento normativo. 

“Examinada la controversia expuesta en el recurso, se advierte que la constatación del fiscalizador de que no se observaron las reglas sobre conducción e ingreso de vehículos particulares guarda relación con un asunto relativo a la seguridad de los trabajadores y a su obligación de adoptar medidas eficaces para la protección de su seguridad, por lo que se ha seleccionado una norma del todo pertinente para la aplicación de la multa en relación con la situación de los trabajadores fallecidos en el trayecto desde la faena a sus lugares de residencia”, estableció el fallo.

Para más detalles, revisa el fallo abajo:


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