La Corte de Apelaciones de Temuco ordenó a carabineros abstenerse del uso de balines y gases lacrimógenos en las cercanías del Hospital Regional, tras el recurso de amparo interpuesto por la Sede Regional del INDH Araucanía por la ilegalidad y arbitrariedad de los procedimientos policiales del 21 de octubre pasado, que vulneraron la libertad y seguridad de quienes se encontraban en el recinto asistencial.
El 21 de octubre, mientras regía estado de emergencia en la región, los manifestantes se desplegaron en la plaza del Hospital y arterias aledañas, aglutinándose de manera pacífica, sin embargo carabineros comenzó a disparar lacrimógenas en las inmediaciones del recinto.
En ese instante, el director del Hospital, Heber Rickenberg, salió del recinto hospitalario para pedirle al personal de Carabineros que abandonaran el estacionamiento del centro hospitalario, ya que los gases lacrimógenos afectaban a las y los pacientes. Sin embargo, los funcionarios de Carabineros continuaron con el uso de bombas lacrimógenas.
El Jefe Regional del INDH en La Araucanía, Federico Aguirre, valoró que la Corte de Apelaciones de Temuco acogiera el amparo y ordenara a Carabineros que sujete su actuación al respeto irrestricto de sus protocolos institucionales y, en lo sucesivo, se abstenga de hacer uso de gases lacrimógenos en las inmediaciones del recinto hospitalario. “La Corte ha autorizado un perímetro de exclusión para que se dejen de usar bombas lacrimógenas en las inmediaciones del recinto hospitalario, para así resguardar la integridad de los usuarios y funcionarios del servicio”, señaló.
Aguirre recordó que los protocolos de orden público señalan que “existe prohibición de utilizar disuasivos químicos en sectores donde pueden verse afectados hospitales, consultorios, jardines infantiles o lugares de similar naturaleza, caso en el cual se utilizarán otros mecanismos para restablecer el orden público”. El protocolo 2.7 de empleo de disuasivo señala, puntualmente, que sólo se podrán utilizar cuando exista peligro para la integridad física de los funcionarios policiales, cuestión que el tribunal descartó.
“Lamentablemente, desde el sábado 19 de octubre, día en que se inician las movilizaciones sociales en la ciudad de Temuco, se ha utilizado masiva e indiscriminadamente el gas lacrimógeno, afectando a un grupo especialmente vulnerable, como son las y los enfermos que se atienden en el Hospital regional”, señaló Aguirre.
La Sede regional del INDH, junto con valorar la resolución judicial, insta a Carabineros a cumplir y acatar la prohibición fijada por la Corte de Temuco, y reitera la necesidad de abstenerse de desplegar conductas que pongan en riesgo la integridad de las personas, en el desempeño de sus funciones de control del orden público.
Estallido globo ocular
El jefe regional del INDH agregó que el martes pasado se registró un nuevo caso de lesiones oculares, esta vez en Temuco. Durante las masivas manifestaciones del martes pasado, un joven de 19 años sufrió el estallido de su globo ocular tras ser herido con un perdigón por un arma de carabineros.
La agresión se registró en las inmediaciones del Hospital Regional de Temuco, cuando el hombre recibió el disparo en el ojo izquierdo, tras lo cual debió ser internado en la Unidad de Terapia Intensiva (UTI).
Aguirre agregó que se registraron 44 personas lesionadas, “lo que evidenciaría, una vez más, que carabineros está usando de manera indiscriminada las armas persuasivas y disparadas directamente al cuerpo. En Temuco, a todas luces, hay una vulneración grave a los derechos humanos, una violación masiva”, afirmó.
Fuente: INDH