La Corte de Apelaciones de Concepción acogió a trámite un recurso que pretende anular la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad penquista que rechazó la demanda laboral interpuesta en contra de Gendarmería de Chile por la ex funcionaria Shirley Villouta.
La profesional en materia de ADN es la misma que años atrás, en pleno embarazo, denunció haber sido despedida irregularmente de Carabineros, justo después de cooperar con la investigación del caso Matute y levantar muestras de sangre en los cimientos de la destruida discoteque «La Cucaracha».
Villouta trabajaba a honorarios en Gendarmería y fue desvinculada poco después de asumir como director de la institución el coronel Tulio Arce. El motivo de la decisión, comunicada en Santiago por quien era el jefe de gabinete de Arce, José Maldonado, fue la presunta sobrecontratación de 70 funcionarios.
Alegando un trato discriminatorio, la perito interpuso una tutela de derechos fundamentales ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, el cual, a inicios de marzo, y luego de consignar que el director de Gendarmería no concurrió a declarar en el juicio, sin dar excusas, falló en contra de Villouta, rechazando en todas sus partes la presentación.
Lo anterior motivó que la ex colaboradora del Ministerio de Justicia, encargada de fortalecer el Sistema Nacional de Registro de ADN entre 2011 y 2013, presentara un recurso en el tribunal de alzada penquista, buscando revertir lo dictaminado en primera instancia por la jueza Valeria Zúñiga Aravena, quien aseguró que la discriminación laboral aducida en la demanda no estaba lo suficientemente acreditada.
En su escrito a los ministros, Villouta insiste que Gendarmería no respetó «ninguno de los criterios que la propia Administración fijó para ponerle término a una contrata y que rigen respecto de la generalidad de funcionarios en la misma situación laboral».
Asimismo, señala que el argumento de la sentencia «realiza una interpretación restrictiva de los conceptos de actos discriminatorios», porque el Decreto 23, de fecha 13 de noviembre de 2014, establece que los criterios para la eventual no renovación del personal a contrata deben estar límitados «sólo a casos debidamente fundados, que impidan discriminaciones arbitrarias y ello debe basarse en fundamentos objetivos obtenidos del proceso de evaluación de desempeño de los funcionarios, lo que en este caso no ocurrió».
Finalmente, se reitera que la perito «fue desvinculada anticipadamente de su contrata sin fundamento alguno, no obstante haber realizado por varios años un trabajo de excelencia, situación que constituiría al menos, un indicio de que existiría una irregularidad».