La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó el fallo que condenó a la empresa Inmobiliaria e Inversiones HyM SpA por el corte ilegal de 2,76 hectáreas de bosque nativo, en el sector de Chan Chan, comuna de Puerto Octay.
La resolución judicial ordena a la firma a reforestar la zona intervenida con a lo menos 1.500 plantas nativas por hectárea talada, y además, establece el pago de una multa de $67.718.160 a beneficio municipal.
La decisión, adoptada en forma unánime, correspondió a la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Samuel Muñoz Weisz, María Soledad Piñeiro Fuenzalida y el abogado (i) Eugenio Aravena Bustos.
En ese sentido, la sentencia de primer grado confirmada dispuso, además, que «si el sentenciado no cancelare la multa dentro del plazo legal, sufrirá su representante, por vía de apremio, 15 días de reclusión diurno, lo que deberá cumplir en la Cárcel Presidio que corresponda».
El caso se originó por una denuncia de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), la cual fue acogida por el Juzgado de Policía Local de Puerto Octay.
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