La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Valparaíso adoptar todas las medidas necesarias para asegurar a los recurrentes y a la comunidad del sector Laguna Verde, el abastecimiento de agua para uso y consumo humano no inferior a 100 litros diarios per cápita.
En fallo unánime (causa rol 4.975-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Rosario Lavín, Rosa Aguirre y el ministro Leonardo Aravena– estableció el actuar arbitrario del municipio al poner en riego derechos fundamentales de los recurrentes.
«Que lo anterior, además, tiene respaldo legal, Constitucional y en los Tratados Internacionales suscritos por Chile, ya que como se resolvió en la sentencia referida, es el Estado, a través de todos sus órganos, el titular de la obligación que nos ocupa y al ser la Municipalidad una corporación autónoma de derecho público encargada de la administración local de cada comuna o agrupación de comunas, no puede sustraerse de tal deber», sostiene el fallo.
Asimismo, el tribunal recordó que la finalidad de la Municipalidad «es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas, siendo evidente que uno de esos requerimientos es el acceso al agua potable, recurso sin el cual no es posible la participación en el progreso aludido por la norma».
«Por tanto, ninguna duda hay, que asiste a la I. Municipalidad de Valparaíso la obligación de contribuir al acceso y provisión de agua potable o apta para consumo humano para los habitantes de Laguna Verde, localidad que es parte de la comuna», añade el dictamen.