La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó la demanda de reivindicación presentada por la empresa Forestal Mininco SA, en contra de la sentencia del Juzgado de Letras de Cañete que reconoció la propiedad de la comunidad Rucañirre de un predio ubicado en dicha comuna.
En fallo unánime (causa rol 2.076-2019), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Carola Rivas Vargas, Juan Ángel Muñoz López y el abogado (i) Mauricio Ortiz Solorza– privilegió la inscripción de dominio de la propiedad, en 1897, que posee la comunidad, por sobre el título de 1967 del demandante, conseguido tras un proceso de expropiación.
“Que, si bien los demandados no contestaron la demanda y el comparendo respectivo se llevó a cabo en su rebeldía, posteriormente se apersonaron en el juicio y ofrecieron medios de prueba, entre los cuales se encuentra documental que el tribunal de primer grado tuvo por acompañada mediante resolución de 6 de junio de 2017, entre la que se halla copia autorizada de inscripción de dominio, del Fundo Rucañirre, inscrita a fojas 29 vuelta Nº 65 del Registro de Propiedad del año 1897 del Conservador de Bienes Raíces de Cañete y que se encuentra en el Archivo Nacional de Chile, la que posteriormente fue reiterada mediante Oficio remitido por la Conservadora del Archivo Nacional, respondiendo a una solicitud del tribunal, que adjuntó copia del original de la inscripción que existe a fojas 29 vuelta Nº 65 del Registro de Propiedad del año 1897 del Conservador de Bienes Raíces de Cañete”, consigna el fallo.
Asimismo, se consideraron en la especie peritajes topográficos, que fueron parte del informe jurídico, técnico y socioeconómico emitido por la Corporación Nacional Indígena (Conadi).