La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en representación de estudiantes de la Universidad Diego Portales que fueron sancionadas con la expulsión o la suspensión de estudios, por participar en una toma feminista de dependencias del plantel, en agosto de 2019.
En la sentencia (causa rol 133.903-2020), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Mario Carroza, Jorge Zepeda y el abogado integrante Diego Munita– estableció el actuar arbitrario de la casa de estudios al sancionar a las alumnas que participaron en una manifestación legítima, que no transgrede el reglamento interno de convivencia estudiantil.
“Que, conforme a lo expuesto, el actuar de la recurrida vulnera la garantía constitucional del número 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al sancionar a un grupo de estudiantes por una conducta que no se encuentra suficientemente acreditada“, señala el fallo, ordenando que por estas razones “el recurso de protección debe ser acogido y la sanción impuesta debe ser dejada sin efecto”.