Declaran inadmisible querella del INDH que involucra a Desbordes por tráfico de influencias

Pese a que en un principio la acción judicial presentada por el INDH había sido declarada admisible, el juzgado revirtió la decisión conforme a la ley que rige al organismo liderado por Consuelo Contreras, señalando que "únicamente posee legitimación activa para deducir querellas por los delitos allí establecidos, entre los cuales no se encuentra el delito por el cual fue deducida".

Declaran inadmisible querella del INDH que involucra a Desbordes por tráfico de influencias

Autor: Raimundo Gallardo

Duro revés para el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), luego que el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, declarara inadmisible la querella presentada por el organismo por presunto tráfico de influencias en el lobby judicial en la Corte Suprema, donde figuraba Mario Desbordes (RN), la ministra suprema María Teresa Letelier y el exjuez Juan Antonio Poblete.

Cabe destacar que la acción judicial presentada por el Instituto encabezado por Consuelo Contreras, no era nominativa, es decir, no era contra el candidato a la alcaldía de Santiago, Mario Desbordes, sino que estaba dirigida a quien resulten responsable.

Bajo ese contexto, el juzgado acogió el recurso de reposición presentado por la defensa del candidato de Chile Vamos, la cual tenía por objeto dejar sin efecto la acción judicial del INDH.

Dentro de los motivos que llevaron al juzgado a tomar esta decisión, el documento señala que el Instituto conforme a la ley que la rige, «únicamente posee legitimación activa para deducir querellas por los delitos allí establecidos, entre los cuales no se encuentra el delito por el cual fue deducida».

Sin embargo, pese a la inadmisibilidad de la querella, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público, debido a que los hechos revisten carácter de delito.

«Atendido a lo resuelto, sin perjuicio de aquello, advirtiendo el tribunal que los hechos revisten carácter de delito, tómense los antecedentes como denuncia y remítanse en su totalidad al Ministerio Público para los fines correspondientes».


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