Denuncian reducciones de condena e indultos otorgados durante gobierno de Piñera a responsables de crímenes de lesa humanidad

Una denuncia pública realizada por el abogado Francisco Bustos dejó en evidencia los diferentes beneficios carcelarios e indultos otorgados principalmente durante 2020 a ex uniformados y agentes de la DINA y CNI condenados por crímenes cometidos durante la dictadura. Respecto a las reducciones, Bustos señaló que “no han cumplido con las normas de Derecho internacional aplicables, lo que podría generar responsabilidad internacional para el Estado”.

Denuncian reducciones de condena e indultos otorgados durante gobierno de Piñera a responsables de crímenes de lesa humanidad

Autor: Valentina Benito

Este miércoles, el abogado de la Universidad de Chile, Francisco Bustos denunció en su cuenta de twitter los casos de seis condenados por delitos de lesa humanidad durante la dictadura, quienes obtuvieron el beneficio de reducción de condena, de los cuales cuatro fueron otorgados en diciembre de 2020.

Por otro lado, la información recibida por Transparencia también dio cuenta de un nuevo caso de indulto además de los ya conocidos, correspondiente al de Hugo Prado Contreras (ex Director de Inteligencia del Ejército), quien del mismo modo obtuvo el beneficio a fines del año pasado.

https://twitter.com/FBustos_1/status/1352031516717703172?s=20

Los beneficios carcelarios fueron otorgados en el marco de la Ley 19.856 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la cual tiene como fin la creación de un sistema de reinserción social en base a la observación de buena conducta de los condenados.

No obstante, en este caso no se trata de presos comunes, sino que de ex militares, uniformados y agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y la Central Nacional de Informaciones (CNI) condenados por desapariciones forzadas, secuestro calificado y homicidio, en el contexto de distintas operaciones llevadas a cabo durante dictadura tales como Episodio Coelemu, Operación Albania, Operación Colombo y la Caravana de la Muerte.

En declaraciones a El Ciudadano, Bustos advirtió que la situación es preocupante, debido a que los beneficios fueron entregados casi exclusivamente con intervención del Poder Ejecutivo “mediante resoluciones exentas del trámite de toma de razón ante Contraloría, ni tampoco control jurisdiccional”.

“El Derecho internacional, si bien no prohíbe acceder a beneficios, sí señala que deben imponerse sanciones efectivas de modo de evitar la impunidad. También, señala que los familiares deben ser oídos al momento de discutir estos temas”, explicó el abogado.

Reducciones de condena

En cuanto a reducciones de condena, figuran los casos de Juan Abello, coronel (r) de Carabineros; Lander Uriarte, brigadier (r) del Ejército; Rodrigo Pérez Martínez (ex CNI); Juan Valderrama, suboficial mayor (r) del Ejército; Adolfo Lapostol, suboficial (r) del Ejército, y Carlos Blanco, oficial (r) del Ejército.

Por el delito de homicidio tenían condenas Rodrigo Pérez Martínez y Carlos Blanco Plummer, por los asesinatos de Patricia Quiroz en la Operación Albania y de Gumercindo Gutiérrez, respectivamente.

Pérez Martínez estaba bajo pena remitida (Operación Albania) y otra efectiva por 5 desapariciones forzadas en 1987, mientras que Blanco fue condenado a 5 años y un día. No obstante, ambos obtuvieron el beneficio de reducción durante diciembre de 2020.

“En materia de libertad condicional las cortes habían dicho que algunos de ellos, como Rodrigo Pérez Martínez, no cumplían con la rehabilitación o conciencia del delito, lo que es un requisito que también exige la reducción de condena, por lo cual vemos al menos una contradicción, que puede significar impunidad encubierta», indicó Bustos.

Otros de los beneficiados con reducción de condena durante diciembre de 2020 fueron Juan Valderrama y Adolfo Lapostol Sprovera, responsables del secuestro calificado y desaparición forzada de Alonso Lazo Rojas.

Por otro lado, Lander Uriarte, quien desde 2018 goza del beneficio de libertad condicional, había sido condenado a 6 años por las desapariciones forzadas de los ciudadanos uruguayos Ariel Arcos, Juan Povaschuck y Enrique Pargadoy.

En cuanto a Juan Abello Vildósola, éste fue condenado a 5 años y un día por el secuestro calificado de Arturo Villegas, durante el Episodio Coelemu. Sin embargo, recibió el beneficio de reducción de condena durante julio de 2020.

“Es muy grave, las medidas del ejecutivo que benefician a criminales de lesa humanidad ponen de manifiesto la complicidad del gobierno, pero también la de la justicia chilena que ha juzgado tardíamente y aplicado bajas condenas a los acusados abriendo paso así, al otorgamiento de beneficios e indultos por parte del ejecutivo”, expresó Gloria Elgueta, vocera del colectivo Londres 38.

En declaraciones a El Ciudadano, Elgueta destacó que a esto se suma la decisión de la Corte Suprema de redistribuir las causas tramitadas por graves violaciones a los derechos humanos cometidas en dictadura, las cuales han sido llevadas por 12 ministros de dedicación especial.

Al respecto, se pronunciaron Londres 38, Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD), Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFDD), Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH), Villa Grimaldi, Memorial Paine y Fundación José Domingo Cañas en una carta abierta al Pleno de la Corte Suprema, en la cual manifestaron su preocupación sobre los efectos que podría tener la redistribución sobre casos cuyos procesos llevan más de cuatro décadas o bien han sido reabiertos de manera tardía.

Indultos presidenciales

En el caso de los indultos, los que fueron conocidos en prensa durante el año pasado corresponden a Demóstenes Cárdenas, ex DINA; Víctor Mattig, coronel (r) Fuerza Aérea, y Raúl Rojas Nieto, coronel (r) del Ejército.

Mattig había sido condenado a 10 años y un día por el secuestro calificado de José Luis Baeza Cruces, y además registraba otros procesos pendientes por crímenes de lesa humanidad. Sin embargo, el ex coronel de la Fuerza Aérea falleció a principios de enero del presente, a cinco meses de haber recibido el indulto presidencial.

En cuanto a Rojas, este había sido condenado a 7 años en 2017 por el secuestro calificado (desaparición forzada) de Víctor Vega Rodríguez. Finalmente, el ex coronel del Ejército recibió el indulto en julio de 2020.

Por otro lado, Cárdenas, quien estuvo prófugo durante dos años desde 2018, había sido condenado a diez años y un día por el secuestro calificado de Stallin Aguilera Peñaloza y otras tres causas, todas en el contexto de la Operación Colombo. Sin embargo, el presidente Sebastián Piñera le otorgó el indulto por “razones humanitarias” a solicitud de la familia del ex agente de la DINA.

A estos casos se sumó el de Hugo Prado Contreras, ex Director de Inteligencia del Ejército, quien cumplía su condena de 5 años y un día desde 2017 en Colina 1. Rojas había sido condenado por ser partícipe de las desapariciones forzadas de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola (al igual que Pérez Martínez), quienes fueron asesinados y arrojados al mar por el Comando de Aviación del Ejército. No obstante, el 14 de diciembre de 2020, Prado obtuvo el indulto.

Si bien, el abogado Francisco Bustos planteó que habría que conocer el fundamento de las resoluciones para evaluar los pasos a seguir respecto a esta situación, señaló que las reducciones de condena “no han cumplido con las normas de Derecho internacional aplicables, lo que podría generar responsabilidad internacional para el Estado”.

“Creo que el problema acá es que la ley puede ser adecuada para delitos comunes, pero requiere que el presidente y el Señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos al momento de aplicarla consideren el carácter especial de estos crímenes. No es un argumento válido desconocer las obligaciones del Estado, pues conceder un beneficio a quien no lo merece es una manera de permitir la impunidad”, enfatizó.


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