El general director de Carabineros, Bruno Villalobos Krumm, presentó un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago para impugnar una decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó revelar su declaración de patrimonio e intereses.
Según exige la Ley Nº 20.088 a determinadas autoridades y funcionarios del Estado, los declarantes deben señalar, a través de un registro público, todos los inmuebles y vehículos motorizados que posean, ya sea «en propiedad, copropiedad, comunidad, propiedad fiduciaria o cualquier otra forma de propiedad».
En base a dicha norma, el Consejo para la Transparencia, acogiendo un amparo por denegación de acceso a la información que El Ciudadano presentó en mayo tras pedir los documentos a Carabineros, constató que la institución tachó con negro antecedentes de las declaraciones del general Villalobos que no correspondía censurar (C1769-16).
«En efecto, la ley N° 20.880 dispone en su artículo 6° que las declaraciones serán públicas, debiendo detallar los bienes inmuebles, su avaluó fiscal, inscripciones y otros datos referidos a éstos, como también sus bienes muebles. Todos los cuales han sido anonimizados de las declaraciones de patrimonio del Sr. Bruno Villalobos Krumm. Por lo anterior, se acogerá el presente amparo y conjuntamente con ello, se requerirá a Carabineros que entregue nuevamente las declaraciones consultadas al reclamante, tarjando únicamente aquella información referida a la cédula de identidad y domicilio particular del funcionario consultado», resolvió el CPLT.
El 7 de octubre pasado, los abogados Heriberto Navarro Vásquez y Carlos Aguilar Tessada, en representación del jefe máximo de Carabineros, recurrieron al tribunal de alzada capitalino para declarar «ilegal» la decisión, argumentando que dispone «entregar información que claramente invade el ámbito de la vida privada de las personas».
Indicaron los reclamantes que debe protegerse la individualización de los inmuebles del general Villalobos – cuatro en total, uno con fines habitacionales, otro que usaría como «estacionamiento», una «bodega» y una «parcela agrícola» en Peñaflor, según los papeles entregados – en virtud de la Ley de Protección de Datos Personales, que dispone «mantener en reserva los datos sensibles del declarante».
«De este modo queda absolutamente claro que el Consejo para la Transparencia ha efectuado una interpretación que va contra texto expreso y no se ajusta a la normativa vigente sobre la materia, vulnerando con ello los derechos del General Villalobos Krumm», señalaron los juristas.